Carta al Presidente Vicente Fox Quesada

Washington, D.C., 24 de enero de 2001

Su Excelencia Vicente Fox Quesada
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos
México, D.F.

Su Excelencia:

Tengo el honor de dirigirme a S.E. con el propósito de instarle a atender los graves problemas de derechos humanos que imperan en el sistema de administración e impartición de justicia de México. Durante varios años, Human Rights Watch ha investigado los sistemas de administración de justicia federal y estatales de México y publicado informes detallados sobre la falta de protección de los derechos humanos dentro de éstos. También hemos mostrado como los agentes del Ministerio Público y los jueces suelen utilizar pruebas obtenidas mediante abusos que incluyen la tortura, las desapariciones temporales, el arresto arbitrario, y la detención prolongada. De este modo, el sistema de administración de justicia no sólo ha tolerado los abusos, sino que los ha fomentado realmente.

Conforme al derecho internacional, el gobierno federal de México tiene la obligación de prevenir las violaciones a los derechos humanos, entre ellas las cometidas por funcionarios estatales o municipales. También tiene el deber de investigar y procesar las violaciones, lo que incluye las cometidas durante el gobierno anterior. Un gobierno que no previene, investiga y sanciona los abusos está tolerando en la práctica su comisión. Y la tolerancia oficial de violaciones a los derechos humanos es por sí misma una violación a los derechos humanos.

México ha adoptado importantes medidas para mejorar su historial de derechos humanos. Entre ellas se encuentran la creación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en 1990, la ratificación de múltiples tratados internacionales y la aprobación de leyes sobre derechos humanos tales como la Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

Lamentablemente, estas medidas no han logrado claramente frenar los abusos. Esto ha sido consecuencia, en ocasiones, de la falta de voluntad de los responsables de ponerlas en práctica. Sin embargo, incluso cuando las autoridades han trabajado a conciencia para promover los derechos humanos, han visto sus esfuerzos frustrados, con demasiada frecuencia, por las deficiencias existentes en el sistema de administración de justicia.

Estas deficiencias han de solventarse para que México pueda cumplir sus obligaciones internacionales y combatir el crimen y la corrupción con eficacia. Las normas internacionales, tales como las dispuestas en la Convención contra la Tortura y el Código de Conducta de la ONU para los Funcionarios Encargados de Hace Cumplir la Ley, ofrecen directrices autorizadas sobre cómo resolver estas deficiencias. Partiendo de estas normas, le instamos a que su gobierno adopte las siguientes medidas.

1) Prevenir las violaciones a los derechos humanos:

  • Excluir de los procesos judiciales toda prueba que haya sido obtenida mediante violaciones a los derechos humanos. Una regla estricta que excluya dichas pruebas supondría un poderoso incentivo para que la policía y los agentes del Ministerio Público garanticen que no se producen violaciones en el proceso de investigación y procesamiento de un delito. Dado lo difícil que suele ser para las víctimas demostrar la tortura y la coacción, la normativa debe contar con una presunción estatutaria expresa de la coacción con respecto a las declaraciones o las confesiones obtenidas tras una detención prolongada.

  • Requerir la presencia de un juez para que cualquier declaración tenga validez legal como prueba. La presencia de un juez minimizaría las oportunidades y las justificaciones de la coacción a los detenidos por parte de la policía y los agentes del Ministerio Público. (Como mínimo se deben adoptar medidas para revisar normas procésales tales como el principio de la "inmediatez procesal," que permite a los jueces no cuestionar pruebas que hayan sido presuntamente obtenidas mediante tortura.)

  • Reformar la institución de los abogados de oficio. Todos los ciudadanos ha de tener acceso a un abogado que pueda ejercer eficazmente sus derechos frente a las prácticas abusivas de la policía o los agentes del Ministerio Público. Con este objetivo, se deben tomar medidas para garantizar que los abogados de oficio están equipados, formados, y suficientemente remunerados para asegurar una defensa adecuada de sus clientes. (Asimismo, se deben adoptar medidas para garantizar los agentes del Ministerio Público están equipados y capacitados, y no están sobrecargados con un exceso de casos, para que puedan procesar eficazmente sin recurrir a prácticas abusivas.)

2) Investigar y sancionar los abusos:

  • Promover una fuerte observación independiente de los centros policiales y de detención. El personal encargado de hacer cumplir la ley debe estar supervisado por funcionarios civiles con los recursos y la autonomía necesarios para realizar evaluaciones exhaustivas y justas de sus actividades relacionadas con los derechos humanos. Se deben crear juntas comunitarias para supervisar el trabajo de la policía y canalizar las denuncias a las autoridades. Se deben permitir y fomentar inspecciones no anunciadas a centros de detención.

  • Establecer la jurisdicción civil de los casos en los que personal militar viole los derechos humanos de civiles. El sistema de impartición de justicia militar ha procesado con notoria laxitud a los soldados responsables de abusos contra civiles. Para que México cumpla su obligación internacional de investigar y sancionar las violaciones a los derechos humanos, el gobierno federal tiene que dejar de confiar estos casos al sistema de justicia militar. Debe autorizar en cambio que el sistema de administración de justicia civil juzgue todos las violaciones a los derechos humanos, entre ellas las cometidas por personal del Ejército.

3) Mejorar la capacidad del gobierno federal de combatir las prácticas abusivas en el ámbito estatal:

  • Establecer la jurisdicción federal sobre las violaciones a los derechos humanos. La tortura y la ejecución extrajudicial deben tipificarse como crímenes federales, incluso cuando los responsables sean funcionarios estatales o locales. La ley federal que criminaliza la desaparición forzada debe modificarse para que incluya la definición más amplia de este crimen establecida en la Convención Interamericana sobre la Desaparición Forzada de Personas. Otros tipos de violaciones a los derechos humanos deben estar sometidos también a la jurisdicción federal, cuando se concluya que los funcionarios estatales no las procesan habitualmente.

  • Establecer mecanismos para que el gobierno federal observe las prácticas estatales. Estos mecanismos de observación deben tener la capacidad de detectar y documentar situaciones en las que los funcionarios estatales no han procesado habitualmente violaciones a los derechos humanos (estableciendo de este modo el fundamento para someter los casos a la competencia federal). Deben garantizar además que se imparte una instrucción adecuada sobre prácticas de derechos humanos a la policía y los agentes del Ministerio Público estatales, y que se les disciplina cuando no la ponen en práctica.

  • Establecer mecanismos para fomentar que los estados mejoran sus prácticas. El objetivo de los mecanismos federales de observación debe ser el fortalecimiento de los sistemas de impartición de justicia estatales para que puedan manejar adecuadamente por sí mismos los casos de derechos humanos (momento en el cual se podría devolver la autoridad para procesar los casos de derechos humanos a los funcionarios estatales). Para que esta observación sea eficaz, el gobierno federal tiene que poder obligar a los estados a adoptar medidas para la promoción de los derechos humanos.

Sabemos sobradamente que algunas personas en México alegan que las garantías de derechos humanos sólo protegen a los criminales. A primera vista, este argumento es falso dado que presume erróneamente la culpabilidad de todas las personas que entran en contacto con el sistema policial y judicial. El argumento además tiene una repercusión negativa sobre la capacidad de las autoridades para combatir la delincuencia. En México, como en el resto del mundo, el empleo de tácticas abusivas en la aplicación de la ley contribuye a un ambiente de impunidad que puede conducir al empeoramiento de la situación al hacer que la población pierda la fe en el sistema de administración de justicia. Los testigos que no confían en los funcionarios que investigan un delito están mucho menos dispuestos a cooperar con ellos. Los presuntos criminales coaccionados para que declaren su culpabilidad suelen ofrecer información engañosa. Los funcionarios que pueden cometer abusos sin consecuencias también tienen más posibilidades de participar con impunidad en la corrupción y otras actividades delictivas. En definitiva, la tolerancia oficial de los abusos a los derechos humanos puede contribuir en última instancia a la criminalidad y la corrupción.

Para una discusión más detallada sobre los problemas de derechos humanos dentro del sistema de administración de justicia, puede consultar la copia adjunta de nuestro informe de 1999, "Abuso y Desamparo: Tortura, Desaparición Forzada y Ejecución Extrajudicial en México."

Sin otro particular, le reitero a S.E. mi más alta consideración y estima.

/f/

José Miguel Vivanco
Director Ejecutivo INFORME ANUAL 2001 (capítulo sobre México) REGRESAR

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