Colombia


Guerra sin cuartel
Colombia y el derecho internacional humanitario




(New York: Human Rights Watch, 1998)

III. VIOLACIONES DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO POR PARTE DEL ESTADO (continuación)

Masacres

El Aracatazo: El 12 de agosto de 1995, un grupo autodenominado “Comando Alternativo Popular” llevó a cabo una masacre de 18 personas (entre ellos dos niños) en el bar El Aracatazo en el barrio de El Bosque de Chigorodó, Antioquia. Hombres armados rodearon el bar con las personas adentro, y luego dispararon ininterrumpidamente al edificio para luego entrar y ejecutar algunas personas a quemarropa. Las investigaciones posteriores del gobierno relacionaron al “Comando Alternativo Popular” con el Batallón de Infantería Voltígeros y guerrilleros del EPL amnistiados vinculados al partido Esperanza, Paz y Libertad (en adelante Esperanza), el partido político que formaron. Una investigación interna del Ejército determinó que soldados del Voltígueros habían permitido que al menos dos ex guerrilleros que trabajaban como informantes salieran de la base dos días antes de la masacre de El Aracatazo.142 Uno de ellos, Gerardo Antonio Palacios, fue condenado por haber participado en la masacre.143 José Luis Conrado Pérez, conocido como “Carevieja”, fue identificado por testigos presenciales como participante en los hechos. Tres meses antes de la masacre, Carevieja había aparecido en una fotografía publicada en la revista Cambio16, uniformado, fuertemente armado y conversando directamente con el entonces Comandante delEjército, el General Bonett.144 Un trabajador de ayuda humanitaria dijo a Human Rights Watch que era bien sabido que Carevieja trabajaba para el Ejército y había participado en operaciones conjuntas del Ejército y los paramilitares.145 La Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General está investigando a los civiles considerados responsables de la masacre, aunque no a los soldados, que se han librado del castigo.146

 

  Hombres armados rodearon el bar con las personas adentro, y luego dispararon ininterrumpidamente al edificio para luego entrar y ejecutar algunas personas a quemarropa.

Segovia, Antioquia: La región alrededor de Segovia, llamada el “nordeste,” ha sido un campo de batalla durante más de una década, donde las unidades conjuntas del Ejército y los paramilitares, y los guerrilleros persiguen a los que sospechan de ser sus adversarios dentro de la población civil.147 El 22 de abril de 1996, un grupo de hombres, entre ellos seis pistoleros trasladados a Segovia por el Cap. Rodrigo Cañas del Batallón Bomboná, tomaron un bar en el barrio de El Tigrito y ejecutaron a cuatro personas. Después se dirigieron al barrio de La Paz, donde asesinaron a otras cinco personas. Cuando salieron de la ciudad, las autoridades registraron 15 muertos, entre ellos dos niños, y el mismo número de heridos. Aunque Segovia estaba altamente militarizada, los pistoleros pasaron por tres bases militares y un cuartel de Policía sin problemas. Posteriormente, el conductor de un vehículo reclutado a la fuerza para sustituir a uno de sus vehículos y su ayudante,de 15 años de edad, fueron desaparecidos.148 La masacre había estado precedida por amenazas de muerte por escrito y telefónicas a líderes comunitarios, lo que había creado un ambiente de terror.149 El 25 de mayo de 1996 se tomó la importante decisión de enviar el caso contra el capitán Cañas, acusado de organizar la masacre con los paramilitares, a una corte civil, en contra de las objeciones del Ejército. El Fiscal General acusó formalmente a Cañas y a su conductor de homicidio y de formar grupos paramilitares.150 Cabe destacar que en sus conclusiones sobre la cumbre de 1996, la coalición paramilitar conocida como las AUC señaló la masacre de Segovia como un ejemplo de las dificultades que conlleva montar operaciones conjuntas con el Ejército.151 El 4 de julio de 1996, las autoridades militares permitieron a Human Rights Watch entrevistar a Cañas en el cuartel de la Policía Militar donde estaba albergado. A pesar de la gravedad del caso, Cañas no estaba recluido y seguía en el servicio activo.152 Un mes después de nuestra visita, un tribunal militar le absolvió de haber comprometido “el honor militar” con lamasacre de Segovia y le puso en libertad, a pesar de que seguía estando bajo arresto e investigación oficial de la Fiscalía General. Además, los investigadores del gobierno creen que siguió coordinando acciones paramilitares desde su confinamiento militar. Mientras Human Rights Watch estaba en Medellín en diciembre de 1997, las autoridades civiles detuvieron a Cañas cuando hacía mandados en un edificio de oficinas donde trabajan los fiscales civiles que llevan su caso. Una vez en custodia civil, fue enviado a la prisión de Bellavista de la ciudad a la espera del resultado de su juicio en una corte civil.153

Tiquisio y Puerto Coca, Bolívar: Los residentes dicen que el 28 de marzo de 1997, una fuerza combinada del Ejército y los paramilitares compuesta por 200 hombres entró en Tiquisio y capturó a dos párrocos franciscanos, fray Bernardo Villegas y fray Diego García, a los que encerró en la casa parroquial durante 24 horas. Los paramilitares dijeron a Villegas que lo iban a matar y que los demás tenían ocho días para salir de la zona. Los hombres armados también dijeron que tenían previsto matar al padre Jesús Martínez, que se encontraba en otro pueblo en aquel momento. Los hombres armados también capturaron al médico Navarro Patrón, y le dijeron que tenían orden de ejecutarle. Villegas y Patrón pudieron salir con vida después de varias horas de interrogatorios.154 Los testigos identificaron posteriormente a los hombres como miembros de las ACCU y soldados del Batallón Nariño, que había estado patrullando la región la semana anterior.155 La unidad se dirigió después a Puerto Coca donde asesinó a cuatro hombres (Robinson Acevedo Chamorro, Jairo Jaramillo Acosta, Wilson García Carrascal y Wilson Simanca Acosta). Durante la maniobra, las ACCU distribuyeron una lista negra con 34 nombres. Cuando salieron de la zona, se llevaron 600 cabezas de ganado, motobombas pertenecientes al proyecto de desarrollo de la comunidad, dinero,medicinas y productos saqueados en las farmacias y los comercios locales.156 Además de matar a civiles, el Ejército violó los artículos 4 (g) y (h) que prohíben el pillaje y las amenazas de cometer asesinatos, y el artículo 17, que prohíbe el desplazamiento forzado de civiles a no ser que así lo exijan la seguridad de las personas civiles o “razones militares imperiosas,” condiciones que no se cumplían claramente en este caso.

San José de Apartadó, Antioquia: Durante 1997, Human Rights Watch recibió numerosas informaciones coherentes y creíbles sobre patrullas conjuntas del Ejército y los paramilitares en los alrededores de este pueblo de 850 habitantes. Un reten paramilitar que se instaló en febrero estaba a menos de dos kilómetros de la base militar del pueblo. Allí, por varios meses, paramilitares detuvieron, requisaron e incluso asesinaron o desaparecieron a viajeros de la zona. A pesar de las denuncias frecuentes y detalladas de las autoridades y los residentes locales, las organizaciones de derechos humanos, la Iglesia y los trabajadores de ayuda humanitaria nacionales e internacionales, el Ejército no intervino para desmantelar las patrullas y detener a los responsables. De hecho, un trabajador de ayuda humanitaria dijo a Human Rights Watch que, en una ocasión, los soldados le habían dicho a los residentes que como no abandonaran sus casas, “vendrían los mochacabezas a terminarlos.”157 Sin embargo, cuando Human Rights Watch le presentó este caso al Comandante de las Fuerzas Militares, el Gen. Manuel Bonett, nos respondió de manera cortante: “estos retenes no existen.”158 El Ejército es directamente responsable no sólo por los asesinatos en los que participaron directamente los soldados, sino también por no intervenir para evitar asesinatos enel futuro deteniendo a los hombres que formaban parte e instalaron los retenes. La masacre más grande se produjo el 29 de marzo de 1997, sólo siete días después de que los líderes comunitarios hubieran declarado la ciudad “Comunidad de Paz.” Los residentes dicen que ese día las ACCU entraron en el pueblo de Las Nieves y capturaron y ejecutaron al menos cinco personas: los hermanos Elías y Eliodoro Zapata; Alberto Valle; su hijo de 14 años, Félix; y Carlos Torres, un jornalero. Según las organizaciones de derechos humanos, los hermanos Zapata habían salido de su casa esa mañana para comprar algo para el desayuno familiar. Al ver que no regresaban, los miembros de la familia Valle y su hijo fueron en su búsqueda. Finalmente, Torres salió para buscar a los cuatro, que no habían regresado. Cuando la madre de los hermanos Zapata salió de casa en busca de sus hijos, los soldados le dispararon, pero consiguió escapar ilesa. Posteriormente, encontró ropas quemadas y ensangrentadas y documentos personales en las cercanías. Más tarde, un helicóptero del Ejército recuperó los cadáveres. Los paramilitares dijeron a los residentes que tenían cinco días para abandonar sus casas.159 La Décimo Séptima Brigada sigue calificando a los cuatro muertos como guerrilleros caídos en combate.160 Decenas de residentes locales fueron detenidos y matados en retenes paramilitares tolerados por el Ejército. Entre ellos estaba Francisco Tabarquino, un líder local que apoyaba la Comunidad de Paz. El 17 de mayo, Tabarquino fue obligado a salir de un autobús en un retén de reconocimiento, fue atado y ejecutado a pesar de las peticiones de clemencia de los pasajeros y del párroco católico que dirige el programa regional de derechos humanos de la Diócesis.161 Aunque laFiscalía General está investigando los asesinatos denunciados, entre ellos el de Tabarquino, no tenemos conocimiento de ninguna detención hasta la fecha.162

 

  El Ejército no intervino para desmantelar las patrullas y detener a los responsables.

Nudo del Paramillo, Antioquia: Los testigos dijeron a Human Rights Watch que el 25 de octubre una fuerza combinada del Ejército y las ACCU rodearon el pueblo de El Aro y a sus 2.000 residentes. La operación formaba parte de una ofensiva a nivel regional lanzada por el Ejército y las ACCU contra las FARC y destinada a obligar a los residentes a abandonar los pueblos identificados como fuentes de provisiones de las FARC y a “conquistar” la región, en palabras del líder de las ACCU Castaño.163 Mientras los soldados mantenían cercado El Aro, unos 25 miembros de las ACCU entraron en el pueblo, rodearon a los residentes y ejecutaron a cuatro personas en la plaza. Entre los miembros de las ACCU había dos hombres que se hacían llamar “Cobra” y “Júnior.” Aurelio Areiza, propietario de un comercio, y su familia recibieron órdenes de matar un novillo y preparar comida con lo que tenían en la tienda para los combatientes de las ACCU, el 25 y el 26 de octubre, mientras el resto de Colombia votaba en las elecciones municipales. Al día siguiente, Areiza fue trasladado a una casa cercana, donde le ataron a un árbol, torturaron y asesinaron. Los testigos afirman que las ACCU se llevaron sus ojos, su lengua y sus testículos. Un testigo dijo a los periodistas que visitaron El Aro poco después de que las familias que intentaron huir fueran enviadas de regreso por los soldados acampados en los aledaños del pueblo. Durante los cinco días que permanecieron en El Aro, los miembros de las ACCU ejecutaron al menos 11 personas, entre ellos tres niños, incendiaron 47 de las 68 casas, entre ellas una farmacia, una iglesia y una central telefónica, saquearon comercios, destruyeron las tuberías que suministran agua potable a las casas y obligaron a huir a la mayoría de los residentes. Cuando se fueron el 30 de octubre, las ACCU se llevaron consigo más de 1.000 cabezas de ganado además de losproductos saqueados en las casas y los comercios.164 Después se denunció que 30 personas habían desaparecido.165 Carlos Castaño asumió la responsabilidad por las muertes en El Aro pero desmintió que el Ejército hubiera tomado parte en la operación. Afirmó que las víctimas eran guerrilleros, fugitivos y sus simpatizantes. Hizo una excepción y dijo que la ejecución de un muchacho de 15 años había sido un “error.”166 A finales de año, cientos de familias desplazadas se repartían en albergues en Ituango, Puerto Valdivia y Medellín.167 Jesús Valle Jaramillo, consejero municipal y Presidente del Comité Permanente de Derechos Humanos “Héctor Abad Gómez,” ayudó a documentar la masacre y estaba representando a las familias de las víctimas cuando fue asesinado en su oficina de Medellín, el 27 de febrero de 1998. Miembros de la Vigésima Brigada de Inteligencia están siendo investigados por su asesinato.168 Debido a su papel de facilitador de cada uno de los aspectos de esta operación paramilitar, hacemos responsable al Ejército de esta horrible violación del derecho internacional humanitario.

Asesinatos y Tortura

María Celsa Pernía y Bernardo Domicó: Según una investigación de las Unidad de Investigaciones Especiales de la Procuraduría, ocho guerrilleros de las FARC llegaron a la casa de esta pareja cerca de Dabeiba, Antioquia, el 5 de mayo de 1996, y pidieron refugio. A la mañana siguiente, la pareja se despertó con el sonido de un ataque del Ejército a su casa. Los soldados mataron a tres guerrilleros utilizando granadas y armas automáticas. También murieron Pernía y Eduardo, su hijo de ocho años. Otros dos niños (de seis y once años) resultaron heridos. Aunque, posteriormente, el Ejército afirmó que los civiles habían muerto en el fuego cruzado, la Procuraduría concluyó que los dos civiles habían sido asesinados por el Ejército a menos de un metro de distancia, lo que dejaba claro que los soldados pudieron ver que estaban disparando contra una mujer y un niño.169 El empleo de una casa por parte de la guerrilla es una violación del derecho internacional humanitario, dado que puso claramente en peligro a los civiles que permanecieron en ella. Sin embargo, el Ejército es responsable de una violación más grave, no identificar adecuadamente un objetivo militar y no sopesar el posible daño a civiles en su evaluación previa del ataque.

Joaquín Bello y Luis Evelio Morales: Estos granjeros fueron detenidos arbitrariamente por una patrulla del Ejército el 8 de septiembre de 1996, cerca de Caranal, Arauca. El 8 de septiembre de 1996, Bello, un granjero de Caranal, fue víctima de una ejecución extrajudicial por parte de soldados.170 Ese día cerca de las 2:45 a.m., se presentaron los soldados en su casa preguntando por él. Los soldados llevaban pasamontañas y pañuelos que les cubrían la cara. Esposaron a Bello, registraron su casa y le preguntaron dónde guardaba las armas. Cuando Bello preguntó porqué lo esposaban, le respondieron que era por motivos de seguridad. Los soldados acusaron a Bello de colaborar con la guerrilla y se lo llevaron. Cuando preguntó dónde lo llevaban, los soldados le respondieron que a la base militar de Tame o al municipio de Arauca. Le ordenaron a la esposa de Bello que no saliera de la casa hasta las 7 a.m. Poco después, los residentes escucharon un tiroteo considerable, hasta el punto que parecía una batalla a un kilómetro de distancia. Los residentes hallaron el cadáver de Bello, que al parecer tenía señales de tortura, en un puente a un kilómetro de Caranal. La viuda de Bello se presentóen las dependencias militares de Fortul con la intención de identificar a los soldados responsables de la detención de su esposo. Durante el transcurso de medio día, unos 15 soldados circularon por delante de ella media docena de veces. No reconoció a ninguno de los soldados.171 Esa misma noche, los soldados ejecutaron extrajudicialmente a otro hombre de Caranal, el conductor Luis Evelio Morales. Unos cinco soldados con las caras cubiertas se presentaron en su casa e informaron a los familiares que iban a detener a Morales. Lo esposaron y dijeron a sus familiares que estuvieran tranquilos, y que sólo estaban llevando a cabo una diligencia y todavía tenían que registrar otras tres casas. No permitieron que los familiares encendieran ninguna luz dentro de la casa. Preguntaron si Morales tenía un hermano. Los familiares de Morales preguntaron por qué lo detenían y dónde podían encontrarle. Los soldados les respondieron que lo iban a trasladar a Tame o a Yopal. Después del hallazgo del cadáver de Morales, los familiares presentaron una denuncia ante la personería de Fortul y ante las autoridades militares. Se realizó una protesta comunitaria cerca de un mes después del asesinato.172 La noticia de su muerte fue radiada junto a la de Bello. La prensa local citaba las declaraciones del Comando Operativo No. 2 en las que se afirmaba que soldados del Batallón de Contraguerrillas No. 24 Héroes de Pisba habían entrado en combate con la UC-ELN.173 El Ejército sigue manteniendo que los dos muertos eran guerrilleros caídos en combate.174

Antonio Angarita y Carmen Ángel Clavijo: El 6 de octubre de 1996, estos granjeros fueron detenidos y ejecutados por soldados pertenecientes al Batallón de Contraguerrillas No. 50 Batalla de Palo Negro, en las cercanías de San Calixto, Norte de Santander. Angarita era Presidente de Comité de Acción del barrio de San Juan. Cuando se hallaron los cuerpos dos días después, las autoridades realizaronuna autopsia que reveló que Angarita había sido torturado antes de ser ejecutado.175 En los meses posteriores a estos asesinatos, los funcionarios municipales se vieron inundados por denuncias de operaciones conjuntas del Ejército y los paramilitares en las inmediaciones de San Calixto, Ábrego y Ocaña.176

 

  Los vecinos hallaron el cuerpo de Graciano atado a un árbol y estrangulado en el rancho El Trébol. Le habían sacado los ojos, destrozado los dientes, quemado la piel y cortado la garganta.

Jefferson Darío González Oquendo, Óscar Orlando Bueno Bonnet y John Jairo Cabarique: El 10 de enero de 1997, estos tres jóvenes iban en una motocicleta en el barrio 6 de Octubre de Saravena, Arauca, cuando soldados pertenecientes al Grupo de Caballería Mecanizado Rebeiz Pizarro les detuvieron. Las organizaciones locales de derechos humanos informaron que un soldado profesional conocido como “Careleche” que estaba al mando de la patrulla del Ejército disparó contra los tres indiscriminadamente. Además, se informó a Human Rights Watch que Bueno, un técnico, recibió un impacto y se levantó la camisa para mostrar sus heridas, momento en el cual Careleche le golpeó y ejecutó. También nos informaron que los testigos habían escuchado los gritos de clemencia de uno de los hombres antes de que los soldados le mataran con cuatro disparos. González corrió tres cuadras antes de que le derribaran con un disparo y le mataran. Posteriormente, el Ejército presentó los tres cadáveres como guerrilleros caídos en combate. Durante las semanas alrededor de los asesinatos, los muros de Saravena se llenaron de pintadas de un grupo autodenominado “La Mano Negra,” que, según las autoridades del gobierno y los residentes, estaba compuesto por soldados del Rebeiz Pizarro.177 La Procuraduría ha abierto una investigación contra los soldados de caballería.178 ElEjército sigue alegando que los tres muertos eran guerrilleros caídos en combate.179 Sin embargo, las pruebas demuestran que se trata de una violación de la prohibición contra el asesinato de civiles, dado que las pruebas indican claramente que estos jóvenes no eran combatientes sino que fueron convertidos en objetivos debido a su juventud y al hecho de que estaban en un barrio que según el Ejército estaba bajo el control de la guerrilla.

Miguel Ángel Graciano: El 26 de marzo de 1997, este joven fue capturado por una unidad del Ejército que patrullaba junto a los paramilitares cerca de su casa en Salto de Apartadó, Antioquia. Un cuñado dijo posteriormente a las autoridades que había sido detenido antes de Graciano, que había venido a su casa a traerle pescado. Un oficial del Ejército le pidió que identificara a Graciano, lo cual hizo. Se los llevaron a los dos al rancho El Trébol. Los paramilitares liberaron al cuñado, a quien dijeron que informara a los vecinos que tenían sólo ocho días para abandonar sus casas y sus granjas.180 Los vecinos hallaron el cuerpo de Graciano atado a un árbol y estrangulado en el rancho El Trébol. Le habían sacado los ojos, destrozado los dientes, quemado la piel y cortado la garganta.181

El Carmen del Cucú, Bolívar: El 20 de junio de 1997, tras un enfrentamiento entre la UC-ELN y el Batallón de Contraguerrillas No. 45 Héroes de Majagual, los guerrilleros pidieron ayuda a los residentes para atender a seis combatientes heridos. Al no haber trabajadores de salud o funcionarios de la Cruz Roja disponibles, el inspector de Policía Edinson Canchila, un conductor y un residente local utilizaron un tractor para recoger a los guerrilleros heridos. Cuando trasladaban a los heridos, el tractor fue emboscado por soldados que mataron a Canchila y al conductor Ismael Guarín. Los seis guerrilleros heridos fueron aparentemente ejecutados en el lugar. Los ocho cadáveres, entre ellos el de Canchila y el de Guarín, fueron presentados ante la prensa como guerrilleros caídosen combate.182 La masacre de los combatientes heridos y fuera de combate es una seria violación del derecho internacional humanitario.

La familia Ortiz: El 11 de noviembre de 1997, los hermanos José Rosario y José Salvador Ortiz y su sobrino de 16 años Diomar Elí Ortiz se dirigían a hacer compras en una tienda cerca de Ábrego, Norte de Santander, cuando los soldados del Batallón Santander empezaron a disparar contra ellos. Al principio corrieron y después se entregaron y fueron capturados con vida. Sin embargo, los soldados depositaron sus cuerpos en una funeraria local ese mismo día. Los cadáveres tenían señales de tortura. En un comunicado de prensa del Batallón Santander se describía a los tres muertos como guerrilleros caídos en combate.183

Ataques a trabajadores e instalaciones médicas y a ambulancias

Gaitania, Tolima: El 13 de enero de 1997, tras un enfrentamiento entre soldados y guerrilleros en este área montañosa, los trabajadores de la salud del Hospital Central de Planadas enviaron un equipo médico de emergencia. Dado que la ambulancia no funcionaba, dos enfermaras, un trabajador sanitario y un conductor se trasladaron en un vehículo de color verde. Una de las enfermeras dijo posteriormente a los reporteros que, a la entrada de Gaitania, los soldados les hicieron el alto y se detuvieron. Los soldados del Batallón Caicedo, al mando del Coronel Hernán Gutiérrez de la Sexta Brigada, dispararon contra el vehículo a pesar de que los pasajeros se habían identificado y habían informado de su misión. Al parecer, los soldados creían que un guerrillero herido iba en el vehículo. Milagrosamente, ninguno de los pasajeros resultó herido. No obstante, también abrieron fuego contra el vehículo que seguía al del equipo médico, y mataron aIsrael Tapiero, un civil, e hirieron a tres personas, entre ellas una niña de siete años.184

Fredy Yessid Contreras Osorio: Este trabajador de la salud de Saravena, Arauca, había denunciado las amenazas de un soldado profesional conocido como “Careleche” en 1997. Se informó que, el 20 de abril, Careleche y otros soldados entraron por la fuerza en el Hospital Regional de Sarare y ejecutaron a Contreras. Contreras también era miembro de un sindicato de trabajadores de la salud. El 23 de mayo, los soldados volvieron a entrar por la fuerza en el hospital e interrogaron a trabajadores de salud y pacientes.185

La familia Ascanio: El 20 de julio de 1997, soldados pertenecientes al Batallón Santander tomaron la casa de la familia Ascanio, que llevaba tiempo recibiendo amenazas del Ejército y los paramilitares, en Mesa Rica, Norte de Santander. En compañía de conocidos paramilitares, los soldados golpearon e interrogaron a Elizabeth Ascanio sobre el paradero de su padre y su esposo. Aunque estaba embarazada, los soldados saltaron sobre ella y le pusieron un cuchillo en el cuello. También golpearon a varios niños y otras personas fueron golpeadas en la cabeza con un pistola, con tal dureza que le fracturaron el cráneo a una de ellas. Al día siguiente, cuando Elizabeth Ascanio era trasladada al hospital de Hacarí en una ambulancia, los soldados detuvieron el vehículo y la volvieron a interrogar.186

Amenazas

José Estanislao Amaya Páez: Este personero de San Calixto, Norte de Santander, denunció que había recibido amenazas de soldados del Batallón Santander el 13 de julio de 1997, al parecer porque procesaba denuncias de residentes por abusos delEjército. Cuando Amaya se encontraba en su casa con un amigo, este último vio una nota por debajo de la puerta. Amaya, que se aprestó a investigar, descubrió que la amenaza había sido dejada por un grupo de soldados con pasamontañas que estaban patrullando el pueblo. La nota decía: “Personero: tiene exactamente ocho días para que desaloje el norte de Santander y especialmente San Calixto. Auto Defenzas [sic] del Catatumbo. Muerte a auxiliares y colaboradores de la guerrilla. Después de usted seguirán muchos más.” Tras denunciar la amenaza a las autoridades, Amaya siguió recibiendo amenazas constantes, y fuentes confiables le dijeron que se había dado orden a los soldados de matarle. Amaya fue asesinado el 9 de diciembre de 1997, en circunstancias aún por aclarar.187 Creemos que los soldados prepararon la amenaza de muerte contra Amaya.

Otros actos que violan el derecho internacional humanitario

Bases del Ejército: En varias ocasiones, Human Rights Watch recibió información creíble que indicaba que las bases del Ejército estaban situadas en el interior o eran contiguas a estructuras civiles, lo que ponía en peligro a los civiles. Con frecuencia, las bases están rodeadas de minas, lo que también pone en peligro a la población civil. Por ejemplo, cerca de Arauquita, Arauca, el secretario municipal de educación solicitó el traslado de una base militar situada junto a una escuela a la que asistían 180 estudiantes. Las autoridades locales estaban preocupadas no sólo por un posible ataque de la guerrilla: según las informaciones aparecidas en prensa, los soldados disparaban ocasionalmente contra la escuela, llenando de impactos de bala sus muros.188 Otra base militar situada en los límites de Calamar, Guaviare, ha puesto reiteradamente a la población en peligro. Los residentes dijeron a Human Rights Watch que la situación del Batallón de Infantería Joaquín Paris es peligrosa no sólo para las casas colindantes, sino también para una escuela con 500 alumnos contigua a la base. Durante los ataques, los residentes se han tenido que refugiar bajo el mobiliario. Los testigos nos dijeron que después de los ataques es habitual encontrarse con casquillos de bala en las calles y sobre los tejados.189 En Miraflores, Guaviare, la Policía Antinarcóticos, el Batallón de Infantería JoaquínParis y la Brigada Móvil No.2 han unido sus bases que ahora rodean completamente la única iglesia católica y lo que antiguamente era el único parque recreativo del pueblo.190 El Ejército no debe utilizar áreas residenciales o protegidas para parapetar sus bases en zonas de guerra.

Operación Génesis: Después de que las ACCU empezaran a rastrear el departamento del Chocó en 1996, la Décimo Séptima Brigada del Ejército les siguió en febrero de 1997 con ataques aéreos, algunos indiscriminados. Con el nombre de Operación Génesis, la ofensiva del Ejército provocó informes inmediatos y generalizados de que los soldados se coordinaban abiertamente con los grupos paramilitares y atacaban hogares civiles indiscriminadamente, lo que causó el desplazamiento masivo y graves penalidades a la población civil, una violación del Protocolo II. Tras los bombardeos y los ataques con misiles del Ejército, los paramilitares de las ACCU se internaron reiteradamente en los pueblos y ordenaron a los residentes que se fueran. Mientras que en algunos lugares, las amenazas de los paramilitares fueron suficientes para convencer a la gente de que huyera, en otros, los paramilitares ejecutaron a líderes comunitarios y a otros residentes para demostrar que iban en serio.191 Según un superviviente que huyó de Ríosucio con una familia de ocho miembros y fue entrevistado posteriormente por Human Rights Watch.

 

  Cerca de las 6:15 a.m., empezaron a caer bombas.

Cerca de las 6:15 a.m., empezaron a caer bombas. Una bomba cayó a 50 metros de una casa. En Caño Seco, Salaquí, habían destrozado una escuela y en Tamboral y La Loma, tres casas. Los paramilitares nos amenazaron diciendo que iba a seguir el bombardeo para que las comunidades empezaran a huir oleada tras oleada. Algunos de nosotros caminamos durante 20 o 30 días. Dos niños murieron en el camino y una mujer y su bebé murieron durante el parto. Unas sesenta mujeres embarazadas lograron llegar. Nacieron cuatro bebés, pero las madres tuvieron que caminar de nuevo al día siguiente. Teníamos que seguiradelante porque teníamos miedo de que nos cortaran el camino y era la única salida.192

Posteriormente, en una reunión pública con representantes de los desplazados en Pavarandó en junio de 1997, el Gen. Rito Alejo del Río, entonces comandante de la Décimo Séptima Brigada responsable de la Operación Génesis, afirmó que los ataques del Ejército habían sido provocados por disparos desde tierra y dijo que la “gente de bien” no había resultado dañada. Human Rights rechaza totalmente esta idea porque ignora el principio más fundamental del derecho internacional humanitario, que los combatientes deben distinguir cuidadosamente entre combatientes y civiles independientemente de que los civiles sean lo que Ejército califica de “gente de bien.” Los desplazados que habían presenciado los ataques dijeron a Human Rights Watch que los aviones civiles iniciaron muchos de los ataques sin que hubieran disparos desde tierra o guerrilleros presentes.193 En este caso el Ejército trató toda la región como un solo objetivo, dañando a la población civil y provocando la huida de entre 15.000 y 17.000 personas. Además, hacemos responsables a las fuerzas del Estado de los asesinatos y desapariciones forzadas por parte de paramilitares, los cuales aparentemente promovieron y ciertamente no evitaron a pesar de la presencia de tropas en el área.

Operación Destructor II: Según los líderes indígenas Yaguará, el 4 y 5 de septiembre de 1997, en el interior y las cercanías de esta reserva indígena en el departamento de Caquetá, Meta, y Guaviare, 220 personas se vieron obligadas a huir debido a los ataques indiscriminados con misiles lanzados desde cinco helicópteros y un avión del Ejército. Se informó que se encontraba en el área un fuerte contingente de las FARC.194 Sin embargo, los ataques incendiaron varias casas de civiles cuando no había presencia de guerrilleros, según un informe de la Defensoría después de una visita sobre el terreno. La Defensoría señaló también que los proyectiles del Ejército mataron animales y dañaron gravemente las cosechas. Algunas familias habían cavado hoyos en los suelos de tierra de sus casaspara protegerse de las balas perdidas cuando dormían por la noche.195 Con base de la demanda interpuesto por la Defensoría, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca conminó a la Nación y al Ministerio de la Defensa a indemnizar $36 millones (Colombianos) a los habitantes del resguardo Yaguara II por daños sufridos en la operación militar. El Tribunal dio su sentencia el 30 de julio de 1998. 196

Retenes: Human Rights Watch ha recibido numerosos informes creíbles de civiles asesinados o gravemente heridos en retenes del Ejército. Según el Ejército, existen dos tipos de controles: los públicos, para ofrecer seguridad en las autopistas, con soldados identificados con señales de tránsito y chaquetas reflectantes; y los ocasionales, que suelen estar ocultos para capturar a sospechosos.197 Este segundo tipo ha resultado en numerosas bajas civiles, cuando los soldados abrieron fuego desde lugares ocultos y sin advertencia e hirieron a civiles. Por ejemplo, el 15 de febrero de 1997, los soldados dispararon contra un automóvil que no se detuvo cuando le hicieron el alto cerca de Cúcuta, Norte de Santander, y mataron a Carlos Estuardo Flórez Méndez, de 17 años.198 Cerca de la medianoche del 25 de enero de 1998, los soldados del Batallón de Infantería Aerotransportado No.28 Colombia dispararon contra vehículos civiles cerca de Villeta, Cundinamarca, y mataron a cinco personas e hirieron a otras tantas. Los supervivientes dijeron a los reporteros que el retén estaba mal señalizado y que no se dieron cuenta de su existencia hasta que escucharon los disparos. Al parecer, los soldados creían que se acercaba una caravana guerrillera, pero no comprobaron antes de atacar.199 El comandante delEjército admitió posteriormente que las muertes “se habían podido evitar” y que “hubo fallas en el planeamiento, procedimiento y ejecución de la operación militar.”200 El caso estaba en secreto de sumario cuando se transfirió a un tribunal militar el 15 de marzo de 1998.201 Durante un retén similar cerca de Puerto Carreño, Vichada, el Ejército disparó contra guerrilleros de la UC-ELN que viajaban con cinco comerciantes secuestrados y mataron tanto a los guerrilleros como a los rehenes a pesar de que los soldados sabían que los guerrerrileros tenían en su poder a los comerciantes.202

Autobuses públicos: En varias ocasiones, Human Rights Watch ha recibido información creíble que indica que el Ejército Nacional de Colombia no ha sacado a los pasajeros civiles antes de utilizar los autobuses públicos para transportar a tropas durante las operaciones. Está práctica pone en grave peligro a la población civil y se han producido numerosos ataques de la guerrilla contra estos vehículos. En un caso especialmente horrible, una patrulla combinada del Ejército y los paramilitares abordaron a la fuerza un autobús público cerca de Ituango, Antioquia, que fue posteriormente atacado por las FARC. Se informó que, en el ataque, el conductor quedó paralizado.203

La Policía Nacional

Si la población civil no quiere colaborar con nosotros, bueno, retiráremos a la Policía y dejáremos que los guerrilleros entren y acaben con ellos.

- Gen. Rosso José Serrano

13 de marzo de 1996

La Policía Nacional de Colombia fue formada en 1891 como cuerpo independiente del Ejército. Durante el período de conflicto interno conocido como La Violencia de 1948-1958, la Policía fue incorporada a las fuerzas armadas y sigue dependiendo de la responsabilidad directa del oficial militar al mando de las fuerzas militares. La Policía está encargada de mantener el orden público dentro de las ciudades donde están localizadas las estaciones de Policía y en los pueblos que patrullan. Los 103.000 agentes de Policía de Colombia tienen presencia en más del 90 por ciento de los municipios del país.204

La Policía Nacional está dividida por tareas. La mayoría de los agentes trabajan a nivel metropolitano o departamental. Colombia también cuenta con unidades especializadas, como la Policía Antinarcóticos, responsable de perseguir a los narcotraficantes y de destruir los laboratorios y los cultivos de estupefacientes, y de inteligencia policial. La Dirección Nacional de Policía Judicial e Investigación (DIJIN) está encargada de las investigaciones de casos destinadas a un juez. Esta unidad está dividida a nivel departamental en Seccionales de Policía Judicial (SIJIN). Además, la Policía colabora con los soldados en los grupos antisecuestro, conocidos como Grupos de Acción Unificada para la Libertad Personal (GAULA), y los Bloques de Búsqueda, establecidos para investigar y capturar a delincuentes muy conocidos.205

Con el nombramiento en el puesto de jefe de la Policía Nacional del Gen. Rosso José Serrano en 1994, la Policía inició una campaña deliberada de mejoras, destinada en parte a inculcar un mayor respeto a los derechos humanos y recuperarla credibilidad perdida entre una población que la consideraba una institución corrupta y abusiva. Una nueva ley, aplicada en 1993, estableció el puesto de un comisionado civil encargado de investigar las denuncias o las pruebas de violaciones de los derechos humanos. Aunque la oficina del comisionado ha visto mermada su capacidad de supervisar a la Policía y los abusos continúan, las organizaciones de derechos humanos coinciden en que la Policía Nacional ha mejorado su historial en los noventas.

La Policía Nacional y el derecho internacional humanitario

Al igual que el Ejército, la Policía Nacional ha adoptado el lenguaje de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario y ha impartido capacitaciones periódicas sobre estos principios internacionales. Varias fuentes consultadas por Human Rights Watch coincidieron en que el Gen. José Rosso Serrano y la Policía Nacional prestan más atención a las denuncias de violaciones por parte de sus miembros que en años anteriores, cuando los agentes se relacionaban habitualmente con masacres, asesinatos políticos, desapariciones forzadas y tortura y se hacía muy poco para resolver el problema.206 Por ejemplo, por medio del Decreto 573, aprobado en 1995, el General Serrano puede despedir inmediatamente a agentes acusados de abusos si existen pruebas convincentes contra ellos.207

“Si consideran que una denuncia es creíble, el agente es relevado del servicio inmediatamente y se le pone a disposición de los investigadores del gobierno,” nos dijo un investigador del gobierno.208

No obstante, la Policía sigue estando implicada en violaciones, como explicamos más adelante.209 Los casos más notorios son los relacionados con agentes pertenecientes a la SIJIN que capturan y ejecutan a presuntos guerrilleros. En las áreas con presencia paramilitar, la Policía se ha visto implicada directamente en operaciones conjuntas del Ejército y los paramilitares y en ocasiones ha organizado a paramilitares y les ha suministrado información para completar sus listas negras. Por ejemplo, los investigadores del gobierno concluyeron en 1998 que la Policía en La Ceja, Antioquia, había organizado y movilizado a paramilitares considerados responsables de al menos 30 asesinatos entre 1996 y 1997.210

Además, la Policía no ha intervenido cuando los paramilitares seleccionaron y mataron a sus víctimas. Por ejemplo, durante cuatro días en octubre de 1997, la Policía Antinarcóticos con sede en Miraflores, Guaviare, no detuvo o ni siquiera interrogó a los paramilitares que mataron al menos cuatro personas. Según los residentes que hablaron posteriormente con las autoridades del gobierno, la Policía salió de sus cuarteles sólo para recoger los cadáveres. El comandante de la Policía Antinarcóticos confirmó posteriormente a un periodista que la Policía nipatrulla la ciudad ni investiga los asesinatos, una sorprendente pasividad frente a dichas atrocidades.211

La Policía suele caracterizar públicamente a poblaciones enteras como guerrilleros o simpatizantes de la guerrilla y retira la protección policial, en parte como castigo por su presunta alianza. Esto es especialmente evidente después de los ataques de la guerrilla, conocidos como tomas. Esta actitud refleja un profundo desdén del derecho internacional humanitario y de su deber definido por la legislación colombiana. En la práctica, la Policía castiga a los civiles por su presunto apoyo a los insurgentes o, lo que es peor, permite y promueve un ataque paramilitar.

Por ejemplo, tras un ataque de la guerrilla a Chalán, Sucre, que se saldó con la muerte de once agentes en marzo de 1996, el General Serrano dijo a los periodistas, “Si la población civil no quiere colaborar con nosotros, bueno, retiráremos a la Policía y dejáremos que los guerrilleros entren y acaben con ellos.” Su asistente, el Gen. Luis Montenegro, que ahora dirige el DAS, se hizo eco de sus palabras y calificó a los residentes de “cómplices [de la guerrilla]...La gente de Chalán no merece la Policía que tiene... O les apoyan a ellos o nos apoyan a nosotros.”212

En el caso de Chalán, en lugar de reforzar la Policía, los comandantes retiraron a sus agentes de Chalán y de seis municipios vecinos. En las semanas siguientes, los paramilitares amenazaron y mataron a decenas de maestros, líderes comunitarios y granjeros locales, lo que provocó la huida de cientos de familias. Más de un año después del ataque, la Policía todavía no ha regresado a Chalán, y su alcalde se vio obligado a trasladar su oficina a un ciudad más grande por motivos de seguridad. Las mismas amenazas de retirar a la Policía se reprodujeron en varias ciudades en 1996 y 1997.

“Recientemente, el General Serrano dijo que quería retirar a todos los agentes del sur de Bolívar, después de que la guerrilla tomara una ciudad,” dijo un investigador del gobierno a Human Rights Watch. “Dijo que sus hombres estabansiendo masacrados por la indolencia de la población civil y que no merecían su protección.”213

Muchos comandantes de Policía tienen una actitud abiertamente hostil contra los derechos humanos y las personas que los defienden denunciando violaciones. “Cualquiera que se queje a usted sobre derechos humanos es por definición un guerrillero,” comentó el Subcomandante de Antioquia, el Coronel Antonio D’León Martínez en una entrevista con Human Rights Watch.214

Cuando la Iglesia Católica patrocinó talleres sobre derechos humanos en El Peñol, Antioquia, en marzo de 1998 e invitó a la Policía local, los organizadores supieron que la Policía estaba planeando asistir tan sólo para “tomar notas y fotos de los participantes,” lo que los organizadores interpretaron como un intento de identificar y posteriormente perseguir a defensores de los derechos humanos y de desalentar la participación de los residentes. Posteriormente, los organizadores del taller empezaron a recibir amenazas de muerte telefónicas que atribuyeron a la Policía.215

Sin embargo, es importante señalar que algunos agentes de Policía han defendido valerosamente a civiles de los ataques procedentes de todos los bandos y han investigado a paramilitares. Por ejemplo, nosotros hemos documentado que el comandante de Policía de Aguachica, Cesar, había informado a los fiscales del gobierno sobre el apoyo del Ejército a paramilitares responsables de varias masacres.216

Cuando los paramilitares dijeron al comandante de Policía de Peque, Antioquia, que iban a iniciar una “limpieza al pueblo” el 6 de diciembre de 1997, y le pidieron que detuviera y les entregara a ciertas personas, se negó a cumplir sus órdenes. Cuando los paramilitares intentaron entrar por la fuerza esa tarde, seencontraron con la resistencia de la Policía. No obstante, durante los dos días siguientes, los paramilitares montaron retenes en las afueras del pueblo y mataron al menos a cinco personas. El Ejército no apareció hasta el 8 de diciembre. Sin embargo, los paramilitares tuvieron tiempo suficiente para empacar y salir del área por la autopista principal que conecta Peque con Medellín.217

Al igual que los miembros de las fuerzas armadas, los miembros de la Policía suelen ser juzgados por presuntos abusos por tribunales militares. En estos tribunales se ha condenado a más policías que a soldados por crímenes relacionados con los derechos humanos. Los casos relacionados con la Policía se envían cada vez más a las cortes civiles, como señalábamos anteriormente. También son frecuentes los casos civiles por daños y en los que se ha decretado constantemente la responsabilidad civil por muertes injustificadas y daños.

Por ejemplo, en 1997, un tribunal de Arauca concluyó que la Policía Nacional era responsable del asesinato en 1989 del personero de Arauquita, Jorge Álvaro Flórez Santiz, y ordenó a la institución que pagara a la familia el equivalente a 1.000 gramos de oro. En un procedimiento a parte, el agente involucrado fue condenado a 22 años de prisión.218


CONTINUACIÓN DE CAPÍTULO III

142. Entrevista de Human Rights Watch con la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General, Santafé de Bogotá, 11 de julio de 1996; e informe al Gen. Manuel José Bonett del Coronel Carlos Alfonso Velásquez, Carepa, Antioquia, 31 de mayo de 1996.

143. “Condenan a paramilitar,” El Tiempo, 4 de marzo de 1997.

144. En 1996, la Décimo Séptima Brigada suministró a Human Rights Watch un paquete informativo en el que se identificaba a Carevieja como miembro de un “grupo del crimen organizado (mal llamados paramilitares).” Entrevista de Human Rights Watch con el Gen. Rito Alejo del Río Rojas, Comandante de la Décimo Séptima Brigada, Carepa, Antioquia, 6 de julio de 1996; y Nelson Freddy Padilla, “Enredo de sables,” Cambio16, 13 de enero de 1997, pp. 20-23.

145. Entrevista de Human Rights Watch con trabajador de ayuda humanitaria, 6 de julio de 1996.

146. El Ejército ha negado su participación en los hechos. Entrevista de Human Rights Watch con la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General, Santafé de Bogotá, 11 de julio de 1996; y Entrevista de Human Rights Watch con el Gen. Rito Alejo del Río Rojas, Comandante de la Décimo Séptima Brigada, Carepa, Antioquia, 6 de julio de 1996.

147. Human Rights Watch ha informado sobre Segovia en numerosas ocasiones, la más reciente en Human Rights Watch/Americas, Las redes de asesinos de Colombia, pp. 70-73.

148. Entrevista de Human Rights Watch con la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General, Santafé de Bogotá, 11 de julio de 1996 y 5 de diciembre de 1997; Acción Urgente, “Otra masacre anunciada en Segovia,” Corporación Jurídica Libertad, y otros, 23 de abril de 1996; Marisol Giraldo Gómez, “Masacre fue anunciada hace 15 días,” El Tiempo, 24 de abril de 1996; y “Colombia: Armed Groups Fuel Mistrust of Segovia People,” El Tiempo, FBIS, Latin America, 30 de abril de 1996.

149. Denuncia pública, Corporación Jurídica Libertad, y otros, mayo de 1996.

150. Entrevista de Human Rights Watch con la Unidad de Derechos Humanos de la Fiscalía General, Santafé de Bogotá, 11 de julio de 1996; y carta a Human Rights Watch de la Consejería, 12 de septiembre de 1997.

151. “III Cumbre Nacional,” Movimiento Autodefensas de Colombia, 1996.

152. Cañas también estuvo implicado en una violación del derecho internacional humanitario cometida el 3 de marzo de 1995. Según una investigación de un defensor del pueblo, Cañadas ordenó a sus tropas realizar un ataque simulado de la guerrilla en Segovia, para distraer la atención por un robo de dinamita por la UC-ELN ocurrido el mismo día. Durante la maniobra, los soldados ejecutaron extrajudicialmente a dos hombres y dispararon contra la escuela local, lo que puso en grave peligro a los 65 estudiantes que se encontraban en su interior. Entrevista de Human Rights Watch con la Defensoría del Pueblo, Medellín, Antioquia, 16 de abril de 1995; y carta a Human Rights Watch de Alejandro Valencia Villa, Director Nacional de Atención y Trámite de Quejas, Defensoría del Pueblo, 28 de septiembre de 1995.

153. Cañas negó haber orquestado la masacre. Previamente, había sido acusado de otras violaciones, pero los tribunales militares le habían absuelto una y otra vez. Entrevista de Human Rights Watch con el capitán Rodrigo Cañas, Medellín, Antioquia, 4 de julio de 1996; entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, Medellín, Antioquia, 10 de diciembre de 1997; y “Que justicia ordinaria juzgue militar vinculado en masacre,” El Colombiano, 5 de julio de 1996.

154. Carta a Gustavo Castro Guerrero, Embajador de Colombia ante las Naciones Unidas, de John Quigley, OFM, Franciscanos Internacional, 8 de abril de 1997.

155. Acción Urgente, CREDHOS, abril de 1997.

156. Las ACCU aceptaron la responsabilidad por las muertes de cuatro personas, pero negaron haber amenazado al párroco local, haber saqueado o robado ganado. Carta a Human Rights Watch de las ACCU, 27 de julio de 1997; carta a Human Rights Watch de la Orden Franciscana, 8 de abril de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con MINGA, Santafé de Bogotá, 1 de diciembre de 1997.

157. Carta a Human Rights Watch de trabajador de ayuda humanitaria, junio de 1997; entrevistas de Human Rights Watch con trabajadores de ayuda humanitaria, Santafé de Bogotá, 8 de mayo de 1997; carta al Presidente Ernesto Samper del padre Javier Giraldo, Justicia y Paz, 22 de julio de 1997; and Acción Urgente, Amnistía Internacional, 393/97, 16 de diciembre de 1997.

158. Entrevista de Human Rights Watch con el General Bonett, Santafé de Bogotá, 11 de septiembre de 1997.

159. El caso está siendo investigado por la Oficina de Investigaciones Especiales de la Procuraduría. Entrevista de Human Rights Watch con María Girlesa Villegas, Defensoría, Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997; carta a Human Rights Watch de los líderes de San José Apartadó, 1 de junio de 1997; y “‘Comunidad de Paz’ en la mira de los violentos,” Utopías, Año V, No. 43, abril de 1997.

160. Carta del mayor Gen. Velasco Chávez, Inspector de las Fuerzas Militares de Colombia, a Human Rights Watch, 31 de diciembre de 1997.

161. Carta a Human Rights Watch de los líderes de San José Apartadó, 11 de junio de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con María Girlesa Villegas, Defensoría, Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997.

162. Respuesta del gobierno a los casos presentados ante la oficina de la Alta Comisionada de la ONU para los Derechos Humanos, enero-junio de 1997.

163. No era la primera vez que las ACCU se internaban en el área. En 1996, el grupo estuvo implicado en las muertes de tres personas en las aldeas de El Inglés y La Granja. Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, Medellín, Antioquia, 2 de julio de 1996.

164. La compañera de Areiza pudo enterrar su cuerpo, aunque después lo trasladaron. Durante estos cinco días, las FARC atacaron al parecer el cerco del Ejército y penetraron en las inmediaciones del pueblo, provocando algunas bajas paramilitares. También se ha informado que un helicóptero se llevó las bajas paramilitares, aunque no está claro si el medio de transporte pertenecía a las ACCU o al Ejército. Entrevistas de Human Rights Watch con supervivientes de El Aro, Medellín, Antioquia, 11 de diciembre de 1997; entrevista de Human Rights Watch con Jesús Valle, Presidente del Comité Permanente de Derechos Humanos “Héctor Abad Gómez,” Medellín, Antioquia, 11 de diciembre de 1997; y Javier Arboleda, “Cinco días de infierno en El Aro,” El Colombiano, 14 de noviembre de 1997.

165. Acción Urgente, Amnistía Internacional, 01/97, 3 de enero de 1997.

166. También retó a las autoridades a que hallaran el cadáver de Areiza para demostrar que había sido torturado. Sus familiares nos dijeron que las ACCU les había dicho que los matarían si lo buscaban. “Autodefensas niegan barbarie en El Aro,” El Colombiano, 15 de noviembre de 1997.

167. “Los desplazados no se veían en el norte de Antioquia,” El Tiempo, 6 de noviembre de 1997.

168. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con el Comité Permanente de Derechos Humanos “Héctor Abad López,” 27 de febrero de 1998; y entrevista de Human Rights Watch con Alfonso Gómez Méndez, Fiscal General, 7 de mayo de 1998.

169. Domicó es un apodo común entre el grupo indígena Emberá Katio. Justicia y Paz, Boletín, abril-junio de 1996, p. 44.

170. Entrevista de Human Rights Watch con testigo, nombre omitido por motivos de seguridad, departamento de Arauca, febrero de 1997.

171. Entrevistas de Human Rights Watch con testigos, Arauca, febrero de 1997; y “Acusan al Ejército de dos asesinatos,” El Corredor, 14-27 de septiembre de 1996.

172. Entrevista de Human Rights Watch con testigo, nombre omitido por motivos de seguridad, departamento de Arauca, febrero de 1997.

173. El Corredor, “Acusan al Ejército de dos asesinatos,” 14-27 de septiembre de 1996.

174. Carta del Mayor Gen. Velasco Chávez, Inspector de las Fuerzas Militares de Colombia, a Human Rights Watch, 31 de diciembre de 1997.

175. CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 2, octubre-diciembre de 1996, p. 89.

176. Acción Urgente, Comisión para los Derechos Humanos, Comunidades eclesiales de base, Ocaña, Norte de Santander, 11 de abril de 1997; carta a Human Rights Watch de Francisco Antonio Coronel Julio, Personero Municipal de Ocaña, Norte de Santander, 21 de noviembre de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con MINGA, 11 de diciembre de 1997.

177. Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno colombiano, Santafé de Bogotá, 30 de enero de 1997; entrevistas de Human Rights Watch con defensores de los derechos humanos y familiares, Saravena, Arauca, 4 de febrero de 1997; y declaración de residentes de Arauca a Human Rights Watch, junio de 1997.

178. Carta a Human Rights Watch de Jesús Orlando Gómez López, Delegado de la Procuraduría para los Derechos Humanos, 28 de noviembre de 1997.

179. Carta del mayor Gen. Velasco Chávez, Inspector de las Fuerzas Militares de Colombia, a Human Rights Watch, 31 de diciembre de 1997.

180. Declaración de Bernardo Moreno Londoño ante la Defensoría, Apartadó, Antioquia, 7 de abril de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con María Girlesa Villegas, Defensoría, Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997.

181. Declaración de José Isaías Graciano Moreno ante la Defensoría, Apartadó, Antioquia, 7 de abril de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con María Girlesa Villegas, Defensoría, Medellín, Antioquia, 9 de diciembre de 1997.

182. Entrevista de Human Rights Watch con MINGA, Santafé de Bogotá, 1 de diciembre de 1997; y CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 4, abril-junio de 1997, p. 54.

183. Un día antes, el Ejército había informado de combates en las cercanías con la UC-ELN. Carta a Human Rights Watch de Francisco Antonio Coronel Julio, Personero Municipal de Ocaña, Norte de Santander, 21 de noviembre de 1997; y carta de MINGA a Volmar Pérez, Director Nacional de Atención y Trámite de Quejas, Defensoría del Pueblo, 21 de noviembre de 1997.

184. “Denuncian disparos de soldados contra civiles,” El Tiempo, 14 de enero de 1997.

185. Según el gobierno colombiano, el caso está siendo investigado por la Fiscalía General. Declaración de residentes de Arauca a Human Rights Watch, junio de 1997; CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 5, julio-septiembre de 1997, p. 168; y respuesta del gobierno de Colombia a los casos presentados ante la oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, enero-junio de 1997.

186. Entrevista de Human Rights Watch a la familia Ascanio, Mesa Rica, Norte de Santander, 15 de abril de 1995; y CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 5, julio-septiembre de 1997, pp. 91-92.

187. Denuncia formal de José Estanislao Amaya Pérez ante el Juez de Distrito de Cúcuta, 16 de julio de 1997.

188. “Piden trasladar base militar,” El Tiempo, 25 de abril de 1997; y CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 4, abril-junio de 1997, p. 101.

189. Entrevistas de Human Rights Watch con residentes y autoridades de Calamar, San José del Guaviare, 5-6 de mayo de 1997.

190. Entrevista de Human Rights Watch con autoridades, San José de Guaviare, Guaviare, 5 de mayo de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con Defensoría, Santafé de Bogotá, 9 de noviembre de 1995.

191. Entrevistas de Human Rights Watch con desplazados, Santafé de Bogotá, 22 de julio de 1997.

192. Ibid.

193. Carta a Human Rights Watch de trabajador de ayuda humanitaria, junio de 1997.

194. “Pacto de guerra,” Semana, 22 de septiembre de 1997.

195. El Ejército negó haber destrozado estructuras civiles. Defensoría, “Informe Comisión de los Llanos del Yarí,” 25 de septiembre de 1997; CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 5, julio-septiembre de 1997, p. 135; y Orlando Restrepo y Jorge González, “‘Destructor II, éxito estratégico’: Galán,” El Tiempo, 20 de octubre de 1997.

196. "Minidefensa pagará errores de la operación ‘Destructor II,’” El Espectador, 4 de septiembre de 1998.

197. “ABC de retenes,” El Tiempo, 27 de enero de 1998.

198. CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, No. 4, abril-junio de 1997, p. 156.

199. “Extraña muerte de cinco personas en retén militar,” El Colombiano, 26 de enero de 1998; y “Muertos cinco civiles en retén militar en Villeta,” El Tiempo, 26 de enero de 1998.

200. “Ejército admite fallas en retén militar,” El Tiempo, 27 de enero de 1998.

201. Guillermo Restrepo Gutiérrez, “Retenes, Peligro o seguridad en la vía?” El Colombiano, 15 de febrero de 1998; y “Justicia militar sigue con el caso del retén de Villeta,” El Tiempo, 6 de marzo de 1998.

202. “Cinco muertos en otro ‘retén’,” El Espectador, 3 de febrero de 1998; y “Sabíamos que iban comerciantes,” El Tiempo, 14 de febrero de 1998.

203. Entrevista de Human Rights Watch con Jesús Valle Jaramillo, Presidente del Comité Permanente para los Derechos Humanos “Héctor Abad Gómez,” Antioquia, 10 de diciembre de 1997; y entrevista de Human Rights Watch con empresario de Antioquia, Guarné, Antioquia, 11 de diciembre de 1997.

204. Entrevista de Human Rights Watch con el Gen. Rosso José Serrano, Santafé de Bogotá, 8 de septiembre de 1997; y Grupo de Estrategas para el Cambio, Transformación Cultural y Mejoramiento Institucional (Santafé de Bogotá: Policía Nacional, 1995), p. 48.

205. Los agentes de la SIJIN suelen ser identificados por civiles como agentes de la F-2, lo que corresponde a una estructura que ya no existe. Hay más información disponible en http://trauco.colomsat.net.co/policia.co/.

206. Entre los casos más conocidos se encuentran los de los asesinatos de Trujillo, Valle del Cauca, de más de 100 personas, la mayoría de los cuales tuvieron lugar en 1990 y contaron con la participación de la Policía Nacional; la masacre de Caloto, Cauca, de 17 personas, el 7 de abril de 1991, llevada a cabo por agentes de la Policía Nacional y de la Policía Antinarcóticos junto con paramilitares; y la masacre de Villatina, llevada a cabo por agentes de inteligencia de la Policía en Medellín y que se saldó con la muerte de ocho niños. Según la Fiscalía General, dos agentes de la Policía Nacional están siendo procesados por las cortes civiles por su presunta participación en la masacre de Villatina. El Presidente Samper reconoció la responsabilidad estatal por estas tres masacres. Centro de Información de Colombia, Informe Especial No. 338, “Fiscalía entrega resultados de investigaciones sobre masacres,” 19 de mayo de 1998; y Tim Johnson, “Samper apologizes for state killings,” Miami Herald, 30 de julio de 1998.

207. Según el decreto, un juez puede solicitar que un agente de bajo rango sea suspendido en base a pruebas que él o ella considera creíbles. La suspensión se convierte en permanente si el juez no la revoca en el plazo de 180 días o condena al agente. En los casos de agentes con el rango de Coronel o superior, además de la solicitud del juez, un comité policial evalúa la acusación y recopila pruebas entre la Policía, la Fiscalía General, la Procuraduría y las organizaciones no gubernamentales. Si se encuentran pruebas creíbles quesugieran que el agente ha cometido un delito, como una violación de los derechos humanos, el agente puede ser suspendido en un plazo de 24 horas y su caso pasado a las autoridades para la investigación y juicio. Decreto 573, 4 de abril de 1995.

208. Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, Santafé de Bogotá, 1 de diciembre de 1997.

209. Además, la Policía sigue estando implicada en abusos relacionados con el orden público, específicamente el abuso de autoridad cuando intentan desalojar a los invasores de tierras, y el arresto y tratamiento de los delincuentes comunes. Entrevista telefónica de Human Rights Watch con la Comisión Colombiana de Juristas, 26 de agosto de 1998.

210. El Teniente Daniel Horacio Mazo Cardona y los agentes Carlos Alberto Rentería Lemos y Luis Alfredo Berrocal Moreno están detenidos, acusados por la Fiscalía General de crear grupos paramilitares. Comunicado de prensa de la Fiscalía General, “Aseguran a policías paramilitares de La Ceja, Antioquia,” Fiscalía General, 30 de marzo de 1998.

211. No tenemos conocimiento de ninguna investigación creíble sobre la conducta de la unidad de la Policía Antinarcóticos en este caso. Entrevista de Human Rights Watch con autoridades municipales, San José de Guaviare, 5 de mayo de 1997; carta a Human Rights Watch de autoridades municipales, octubre de 1997; y Tod Robberson, “Killings could cost Colombia: Human-rights review may cut off U.S. aid,” Dallas Morning News, 10 de enero de 1998.

212. “Chalán no merece la Policía: Montenegro,” El Heraldo, 14 de marzo de 1996; y “Farc asesinan a 11 policías en Chalán,” El Tiempo, 14 de marzo de 1996.

213. Entrevista de Human Rights Watch con investigador del gobierno, Barrancabermeja, Santander, 28 de junio de 1996.

214. Entrevista de Human Rights Watch, Medellín, Antioquia, 2 de julio de 1996.

215. Carta del padre Javier Giraldo, Justicia y Paz, al Gen. Rosso José Serrano, Comandante de la Policía Nacional, 17 de abril de 1998.

216. En marzo de 1998, la Procuraduría determinó que el Mayor Jorge Alberto Lázaro Vergel iba a calificar servicios debido a su participación el la formación y uso de grupos paramilitares. En junio, la Fiscalía autorizó una orden de captura para Lázaro por un asesinato en 1994. Human Rights Watch/Americas, Las redes de asesinos de Colombia: la asociación entre el Ejército y los paramilitares y Estados Unidos, pp. 48-50.

217. “‘Cumplí con mi deber’,” El Colombiano, 10 de diciembre de 1997; y CINEP y Justicia y Paz, Noche y Niebla, octubre-diciembre de 1997, p. 46.

218. “Policía pagará por muerte de personero,” El Tiempo, 4 de noviembre de 1997.


CONTINUACIÓN DE CAPÍTULO III
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