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Chile: Mapuche absueltos de cargos de terrorismo
(Temuco, Chile, 4 de noviembre de 2004) — La absolución de hoy en el sur de Chile de siete mapuche y una simpatizante no mapuche procesados y acusados de acuerdo con la ley antiterrorista de la era Pinochet supone una victoria para la justicia y la moderación, señaló hoy Human Rights Watch. En el juicio que finalizó hoy, un tribunal de Temuco concluyó unánimemente que las pruebas eran demasiado débiles para sustentar los cargos de asociación ilícita terrorista formulados contra los acusados, miembros de comunidades indígenas afectadas por antiguos conflictos de tierras.

Teniendo en cuenta los enormes recursos legales desplegados contra los acusados mapuche, en su dictamen el tribunal actuó con independencia e imparcialidad loables. Esperamos que la Fiscalía General haya aprendido la lección en este veredicto y en el futuro se abstenga de iniciar procesos antiterroristas en casos como este.

José Miguel Vivanco, Director Ejecutivo de la División de las Américas de Human Rights Watch


Los ocho imputados estaban acusados de formar una asociación ilegal para cometer actos de terrorismo con el fin de resolver conflictos de tierras a favor de las comunidades mapuche. Ninguno de los crímenes que se les atribuyeron conllevaba una amenaza directa contra la vida. Los mapuche fueron defendidos por abogados de la Defensoría Pública, organismo creado en virtud del nuevo Código de Procedimiento Penal que ofrece asesoría legal profesional y gratuita a quienes no puedan contratar un abogado.

Entre los testigos de la acusación hubo al menos seis de los denominados testigos sin rostro, cuya identidad se ocultó a los acusados y a sus abogados, que comparecieron detrás de pantallas y hablaron a través de micrófonos con distorsión de voz. En un informe publicado el 27 de octubre, Human Rights Watch describió cómo el uso de "testigos sin rostro" viola las normas del debido proceso garantizadas por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.

De acuerdo con el nuevo Código de Procedimiento Penal de Chile, que entró en vigor en Temuco en 2000, la fiscalía y las víctimas pueden pedir a la Corte Suprema la anulación de un juicio cuando no se hayan respetado sus derechos. En un caso de 2003 en el que fueron involucrados tres de los acusados en el juicio de hoy, la Corte Suprema anuló su absolución en respuesta a una petición de la fiscalía y de las víctimas, y ordenó que se volviera a celebrar el juicio. En el segundo juicio, dos de ellos fueron condenados a penas de prisión de cinco años por "amenazas terroristas".

En su reciente informe, Human Rights Watch explicó que la aplicación de leyes antiterroristas a delitos comunes como los juzgados en este caso es injustificada y desproporcionada. En el informe se señaló que las leyes antiterroristas son duras debido a la excepcional gravedad de los crímenes que sancionan, y que nunca deben aplicarse a delitos de menor gravedad.

La ley en virtud de la cual se juzgó a los acusados fue promulgada por el General Augusto Pinochet en 1984 para enfrentar la creciente resistencia armada contra su gobierno. De acuerdo con las nuevas disposiciones introducidas posteriormente a la ley por gobiernos electos, los delitos de incendio pueden considerarse actos terroristas cuando se cometan "con la finalidad de producir en la población o en una parte de ella… temor", a pesar de que no constituyan una amenaza directa contra la vida, la libertad ni la integridad física.


APLICACIÓN DE LEY ANTITERRORISTA CONTRA LOS MAPUCHE VIOLA EL DEBIDO PROCESO (27 de octubre de 2004)
INFORME 2004 — INDEBIDO PROCESO
MAPUCHES CONDENADOS POR "TERRORISMO" (23 de agosto de 2004)
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