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I. RESUMEN

Flor N., de 17 años, trabaja 13 horas al día en el servicio doméstico en San Salvador y empieza la jornada a las cuatro y media de la mañana. “Es un trabajo duro: lavar, planchar, cuidar al niño”, dijo a Human Rights Watch. Cuando termina la jornada de trabajo, se dirige a su clase vespertina de quinto grado. “A veces llego a la escuela supercansada”, dijo. Estaba tomando soda y parecía tensa a causa de la cafeína. Continuó diciendo: “Me levanto a las dos de la mañana para ir al trabajo. Salgo de la escuela a las siete y media de la tarde y llego a casa sobre las ocho. Ceno y duermo unas cinco horas”.

Cuando se levanta a las dos de la mañana para ir al trabajo, tiene que caminar un kilómetro por una peligrosa carretera para coger un microbús. “A las dos de la mañana hay maras donde vivo. Esta mañana había un grupo de una mara que intentó robarme la cadena”, dijo.

Cobra 225 colones (¢) al mes, unos 26 dólares de Estados Unidos (US$), por su trabajo. “A veces hay mucha colada”, dijo señalando un cubo de basura del tamaño de un barril. “Por la mañana le doy la leche al niño. Hago el desayuno, plancho, lavo y trapeo”. Es la única trabajadora doméstica de una casa con cuatro adultos y un niño de tres años y también tiene que prepararles el almuerzo, la cena y tentempiés, mientras cuida al niño. “A veces como, pero a veces estoy demasiado ocupada”, nos dijo. “No hay descanso para mí. Puedo sentarme, pero tengo que estar haciendo algo. Tengo un día de descanso” al mes.

“Me deducen del salario si hago errores. Una vez la señora perdió una cadena que dijo que valía ¢425 [US$48,50]. Tuve que pagarla. Dijeron que llevaba cadenas. Preferí pagar antes de perder mi trabajo”.

Preferiría asistir a la escuela durante el día, porque las clases diurnas son más largas. Es probable, también, que estuviera más despierta durante el día. Pero la cantidad de trabajo que tiene se lo impide. Asiste a clase en una de las escuelas nocturnas de San Salvador con programas diseñados para las trabajadoras domésticas y otros niños que trabajan durante el día.1

En ciertos aspectos, Flor está mejor que muchas de sus compañeras. Las niñas trabajadoras domésticas de El Salvador pueden trabajar hasta 16 horas al día, a veces con sólo uno o dos días libres al mes. Más del 60 por ciento de las muchachas encuestadas para un estudio publicado en 2002 por la Organización Internacional del Trabajo (OIT) denunciaron malos tratos físicos o psicológicos por parte de sus empleadores, lo que incluía acoso sexual.

A diferencia de Flor, muchas trabajadoras domésticas no pueden continuar su educación. Según el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT, las trabajadoras domésticas suelen abandonar la escuela entre los 15 y los 17 años de edad debido sobre todo a la incompatibilidad de su horario de trabajo con la jornada escolar o por el costo de las matrículas, los uniformes y los materiales escolares, el transporte para ir y venir a la escuela y otros gastos educativos. Otras pueden asistir a las clases nocturnas, pero el desplazamiento entre su casa y la escuela por la noche aumenta el riesgo contra su seguridad. Incluso aquellas que pueden asistir a clase durante el día dicen que su trabajo interfiere a veces con su escolarización, por no tener tiempo para hacer las tareas escolares, quedarse dormidas durante las clases o perder días de clase.

Es difícil calcular el número total de niñas trabajadoras domésticas en El Salvador con cierta precisión. Dado que el trabajo doméstico tiene lugar en hogares privados, es más difícil localizar a estas trabajadoras que a otros empleados del sector informal. “Son las más invisibles de los invisibles”, señaló Nora Hernández, trabajadora comunitaria de Las Dignas en El Salvador.2

La Oficina de Estadística de El Salvador reúne datos sobre el número de trabajadores empleados en el servicio doméstico, pero no separa a los menores de 18 años de los adultos jóvenes. Partiendo de proyecciones estadísticas basadas en estos datos, el IPEC ha concluido que aproximadamente 21.500 jóvenes de entre 14 y 19 años trabajan en el servicio doméstico. Unos 20.800, más del 95 por ciento del total, son niñas o mujeres. Casi una cuarta parte de los trabajadores domésticos estudiados por el IPEC empezaron a trabajar entre los nueve y los once años de edad; más del 60 por ciento estaban trabajando antes de los 15 años.

Este informe examina el trabajo doméstico de niños empleados en hogares ajenos, lo que incluye las casas de familiares. Muchos de estos niños viven en las casas donde trabajan; otros se desplazan de su casa a su lugar de trabajo cada día. El informe no se ocupa del trabajo doméstico de niños en sus propias casas. En este informe, la palabra “niño” se refiere a toda persona menor de 18 años.3

La mayoría del trabajo infantil doméstico que se estudia en este informe interfiere con su educación e implica una explotación económica y la realización de tareas peligrosas, en violación de la legislación salvadoreña y del derecho internacional. La Convención sobre los Derechos del Niño prohíbe la explotación económica y el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo.4El trabajo doméstico de los niños en tales condiciones también entra dentro de las peores formas de trabajo infantil, según lo define el Convenio No. 182 de la OIT. De acuerdo con el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, los menores de 18 años no pueden ser empleados en un trabajo que es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños. El tipo de trabajo prohibido son las tareas que los expongan a abusos de orden físico, psicológico o sexual o conlleven horarios prolongados o nocturnos, o los trabajos que retienen injustificadamente al niño en los locales del empleador.5 El Salvador ha ratificado ambos tratados. Además, la Constitución de El Salvador dispone que el Estado protegerá la salud física, mental y moral de los menores, y el Código de Trabajo de El Salvador prohíbe el trabajo de los menores de dieciocho años en labores peligrosas o insalubres.

El costo de la educación fuerza a algunos niños a realizar trabajos peligrosos. Escuchamos las historias de niños que trabajaban en el servicio doméstico para poder pagarse la matrícula, los uniformes y los materiales escolares.

Los funcionarios del gobierno niegan constantemente que haya una gran cantidad de niños, especialmente los que no tienen la edad mínima de 14 años para el empleo, trabajando en el servicio doméstico. “Realmente el trabajo de menores en el servicio doméstico es muy poco. Pocas menores trabajan de domésticas. Muy pocas”, dijo José Víctor Orlando Orellana Maza, el entonces Director General de Trabajo, cuando Human Rights Watch se entrevistó con él en febrero de 2003. En otro momento de la entrevista nos dijo: “Tenemos casos aislados de menores. Pero el trabajo de los menores de 14 años es prácticamente nulo. Los empleadores no están contratando a menores”.

“Es un tema delicado para el gobierno. Hay una reticencia a agruparlo con otras formas de trabajo infantil”, señaló Benjamin Smith, principal asesor técnico de la OIT en El Salvador. “Sabemos que cientos de ellos experimentan una explotación muy clara. . . . Algunos están en una situación similar a la esclavitud”.

El Código del Trabajo excluye a los trabajadores domésticos del disfrute de muchos de los derechos laborales más fundamentales. Por ejemplo, no gozan del derecho a la jornada laboral de ocho horas o de las 48 semanales garantizadas por la legislación salvadoreña, y normalmente perciben salarios inferiores a los salarios mínimos de otros sectores de empleo. La exclusión de todos los trabajadores domésticos del disfrute de estos derechos los hace desiguales antes la ley y tienen una repercusión desproporcionada sobre las mujeres y las muchachas, que constituyen más del 90 por ciento de estos trabajadores.

El Salvador es el único país centroamericano que participa en un Programa de Duración Determinada de la OIT, una iniciativa para eliminar las peores formas de trabajo infantil en un plazo de cinco a diez años. Aunque el estudio del IPEC sobre el trabajo doméstico concluyó que su uso fuera del hogar era una de las peores formas de trabajo infantil, el gobierno salvadoreño no ha identificado el trabajo doméstico como una de las áreas prioritarias de su Programa de Duración Determinada.

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Este es el décimo informe de Human Rights Watch sobre el trabajo infantil. Nuestros primeros informes se ocuparon del tema de la esclavitud, el trabajo infantil en condición de servidumbre y otras prácticas semejantes a la esclavitud que violan la Convención sobre la Esclavitud; la Convención suplementaria sobre la abolición de la esclavitud, la trata de esclavos y las instituciones y prácticas análogas a la esclavitud; y la Convención sobre el Trabajo Forzoso. En informes posteriores, hemos examinado otras formas de trabajo infantil constituyen explotación sexual o trabajo peligroso, en violación de la Convención sobre los Derechos del Niño, y los que entran dentro de las peores formas de trabajo infantil de acuerdo con la definición del Convenio No. 182 de la OIT. Hasta la fecha, hemos investigado el trabajo infantil en condición de servidumbre en India y Pakistán, la desprotección de los niños agricultores en Estados Unidos, el trabajo infantil en los campos de algodón de Egipto, los abusos contra muchachas y mujeres en el trabajo doméstico en Guatemala, el uso de mano de obra infantil en el sector bananero de Ecuador, el tráfico de niños en Togo y la explotación económica de los niños como consecuencia del genocidio en Ruanda.

Human Rights Watch realizó la investigación para este informe durante febrero de 2003 en El Salvador y posteriormente por teléfono y correo electrónico desde Nueva York. Durante el transcurso de nuestra investigación, hablamos con 15 trabajadoras domésticas que siguen o han dejado de trabajar en el sector y más de 50 maestros, padres, activistas, académicos, abogados y funcionarios del gobierno.

Evaluamos el trato a los niños trabajadores domésticos de acuerdo con el derecho internacional y según lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos del Niño, el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y otros instrumentos internacionales de derechos humanos. Estos tratados disponen que los niños tienen derecho a no estar sometidos a la explotación económica y el trabajo peligroso, el derecho a no ser discriminados por motivos de género y el derecho a la educación, entre otros.



1 Entrevista de Human Rights Watch con Flor N., San Salvador, 18 de febrero de 2003.

2 Entrevista de Human Rights Watch con Nora Hernández, Las Dignas, San Salvador, 10 de febrero de 2003.

3 La Convención sobre los Derechos del Niño define al niño como “todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad”. Convención sobre los Derechos del Niño, adoptada el 20 de noviembre de 1989, 1577 U.N.T.S. 3 (en vigor desde el 2 de septiembre de 1990), artículo 1. El Salvador ratificó la Convención el 10 de junio de 1990.

4 Ibíd., artículo 32(1).

5 Convenio No. 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil y la acción inmediata para su eliminación (“Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil”), adoptado el 17 de junio de 1999, 38 I.L.M. 1207 (en vigor desde el 19 de noviembre 2000). El Salvador ratificó el Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil el 12 de octubre de 2000.


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enero 2004