Mexico


Injusticia Militar
La reticencia de México para sancionar los abusos del Ejército


I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

II. ANTECEDENTES

III. JUSTICIA MILITAR EN MÉXICO

IV. CONCLUSIÓN


(New York: Human Rights Watch, 2001)

I. RESUMEN Y RECOMENDACIONES

A lo largo de la última década, México ha ido cediendo cada vez más al ejército la tarea de vigilancia en el campo, combatiendo a los grupos rebeldes a mediados de los 90 y declarando la guerra al comercio ilegal de drogas en los últimos años. Por desgracia, el gobierno mexicano no ha conseguido establecer los mecanismos adecuados para supervisar con eficacia la conducta del ejército. Según el sistema actual, los soldados que cometen abusos son penalmente responsables ante las autoridades militares, pero ni ellos ni los tribunales militares responden antes las autoridades civiles. Como resultado de este sistema, violaciones a los derechos han quedado sin sanción.

Cuando el Presidente Vicente Fox tomó posesión de su cargo en Diciembre de 2000 y puso fin a siete décadas de gobierno de un solo partido en México, prometió tomar medidas tajantes para mejorar el historial de su país en materia de derechos humanos. Nombró a varias personas conocidas por su defensa de los derechos humanos para puestos oficiales importantes desde los que a partir de entonces comenzaron a implementar una serie de cambios. Bajo el liderazgo de Fox, México ha comenzado a fomentar activamente a nivel internacional el concepto de la universalidad de los derechos humanos y a mostrarse abierto a la critica por parte de organizaciones internacionales de control de los derechos humanos, algo que a los gobiernos anteriores les resultaba odioso.

Al mismo tiempo, el Presidente Fox también ha manifestado su intención de declarar una "guerra sin cuartel" al tráfico de drogas, lo cual ha sembrado preocupación porque una actuación policial agresiva por parte del ejército, sin un sistema de control judicial eficaz, podría descuidar la protección de los derechos humanos. Con la reciente liberación de los presos Rodolfo Montiel Flores y Teodoro Cabrera García, el propio Presidente Fox ha demostrado ser consciente de este problema. Ambos, ecologistas del estado de Guerrero, sufrieron los abusos de los soldados que los arrestaron en 1999. En la orden de excarcelación, el Presidente Fox citó varios tratados internacionales sobre derechos humanos vinculantes para México y afirmó que esta acción pretendía demostrar el compromiso de su gobierno con las normas de los derechos humanos.

Human Rights Watch visitó el estado de Guerrero, al sudoeste de México, en abril y junio de 2001 para examinar cómo estaba manejando el gobierno mexicano las acusaciones de abuso demandas por Montiel y Cabrera y por otros civiles de la región. Guerrero es una zona importante de cultivo y tráfico ilegal de drogas y cuenta con uno de los índices más elevados de actividad militar en el país. Examinando casos relativos a derechos humanos, observamos un preocupante e inquietante patrón de abusos e impunidad:

  • Los soldados han podido hacer uso de sus competencias policiales para cometer serias violaciones a los derechos humanos contra la población civil;

  • El gobierno no ha sido capaz de investigar y sancionar los abusos denunciados;

  • Esta incapacidad ha generado un clima de miedo y desconfianza que refuerza la impunidad del personal militar de la región.

Detrás de este patrón de abusos e impunidad se encuentra una mera cuestión de jurisdicción. En la actualidad, los abusos cometidos por personal militar no están sujetos a la competencia de los tribunales civiles. Se concede, en cambio, autoridad exclusiva para investigar y procesar dichos abusos al sistema de procuración e impartición de justicia militar. Sin embargo, tal y como demuestra este informe, la procuraduría militar ha demostrado ser incapaz de investigar adecuadamente los casos relativos a derechos humanos.

Según el derecho internacional, el gobierno mexicano tiene la obligación jurídica de investigar y sancionar las violaciones serias a los derechos humanos cometidas por el personal del ejército. Actualmente no está cumpliendo con esta obligación.

Basándose en esta investigación, Human Rights Watch cree que México sólo será capaz de cumplir con esta obligación de sancionar los abusos del ejército una vez ponga fin a la jurisdicción militar sobre casos de violación a los derechos humanos.

RECOMENDACIONES

Human Rights Watch apela al gobierno mexicano para que:

  • Fomente la pronta adopción de leyes que garanticen que todas las investigaciones y procesos judiciales de presuntas violaciones a los derechos humanos por personal militar sean conducidos bajo la estricta jurisdicción civil.

  • Garantice que las presuntas violaciones a los derechos humanos comentadas en este informe-en los casos de El Cucuyachi, Pizotla, El Charco, El Nogal, Las Palancas y Lindavista-sean investigadas de una manera exhaustiva e imparcial y que se ponga en manos de la justicia a todos los oficiales militares o de otra índole que hayan cometido violaciones a los derechos humanos.

  • Garantice que el personal del ejército involucrado en actividades de seguridad nacional acate las normas internacionales de conducta en la aplicación de la ley-utilizando la fuerza letal solamente como último recurso para proteger la vida, y remitiendo a los detenidos civiles a las autoridades civiles pertinentes sin dilación innecesaria.

  • Garantice que los investigadores militares no interfieran en las investigaciones de presuntas violaciones a los derechos humanos llevadas a cabo por sus colegas civiles del ministerio publico.

 


  Sitios Web Relacionados

Centro de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, A.C.

Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos A.C.

Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la tortura: Informe sobre México

Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH)

  • Garantice que las víctimas de abuso y sus representantes tengan acceso a los expedientes de la investigación y estén informados de la situación de la acción penal contra el personal del ejército acusado de abusos a los derechos humanos, dentro de los límites que permitan la protección de la efectividad de la investigación y de los derechos de los acusados.

  • Haga pública regularmente información sobre el número de investigaciones abiertas de presuntos abusos del ejército y sobre la situación y disposición de dichos casos, y publique las averiguaciones de dichas investigaciones.

  • Promulgue medidas para excluir las pruebas obtenidas por medio de violaciones a los derechos humanos de los procesos judiciales (incluida una presunción legal expresa de coacción para las confesiones obtenidas después de detenciones prolongadas).

  • Exija la asistencia efectiva de un abogado durante los interrogatorios a los sospechosos de delitos, y requiera que las declaraciones autoincriminatorias sólo tengan valor legal cuando sean hechas en presencia de un juez.

CAPÍTULO II
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