Castigados sin condena:
Las condiciones de las reclusas en Venezuela varían de manera drástica: del limpio, moderno y bien cuidado anexo para mujeres de Sabaneta en Maracaibo, al centro terriblemente descuidado de Ciudad Bolívar, donde unas cuantas docenas de mujeres
han convivido con más de 1.000 hombres. En términos generales,
los centros para mujeres suelen estar más limpios, menos hacinados
y mejor cuidados que los centros para hombres de Venezuela. Tienen una
mayor proporción de personal, poca violencia y mayores oportunidades
laborales y recreativas.
Las mujeres sólo constituyen
el 4,5 por ciento de la población carcelaria de Venezuela. El Instituto
Nacional de Orientación Femenina (INOF), situado en el estado de
Miranda, en las afueras de Caracas, es la única prisión sólo
para mujeres. Las reclusas también están repartidas en veinte
centros para hombres diseminados por todo el país. Algunas de estas
prisiones albergan a las mujeres en anexos independientes; en otros las
mujeres ocupan instalaciones más improvisadas, como bloques de celdas
de mujeres dentro de amplios centros para hombres.(250)
Human Rights Watch inspeccionó
el INOF, que albergaba a 168 mujeres el día de nuestra visita; cuatro
anexos para mujeres, cada uno de los cuales albergaba entre cincuenta y
una y 182 mujeres los días de nuestras visitas; y la Cárcel
Nacional de Ciudad Bolívar, que albergaba a cuarenta y una mujeres
junto a 1.139 presos varones el día de nuestra visita. El único
otro centro de Venezuela con una cantidad considerable de internas es el
Centro Penitenciario de Occidente, que suele albergar a unas 200 mujeres.
Casi todos los demás centros albergan a unas diez o treinta mujeres,
a excepción del Internado Judicial de San Juan donde sólo
se encuentran una o dos mujeres.
La proporción de mujeres encarceladas
por delitos de drogas es aún mayor que la de hombres. Por ejemplo,
en el INOF y La Planta, casi la mitad de las internas habían sido
acusadas o condenadas por delitos de narcotráfico; en otras prisiones
la proporción era similar. Casi todas las reclusas extranjeras están
encarceladas por delitos de drogas. Cuando Human Rights Watch visitó
el anexo para mujeres de La Planta, albergaba a casi veinticinco mujeres
procedentes de otros países, entre ellas trece colombianas, unas
cuantas españolas, peruanas y ecuatorianas, y dos mujeres africanas,
una procedente de Camerún y otra de Ghana; todas ellas habían
sido detenidas acusadas de narcotráfico.
El aumento de los procesos por delitos
de drogas ha servido para estimular un crecimiento global de la población
carcelaria femenina.(251) Nos dijeron
que otra causa de este incremento era estaban más dispuestos a condenar
a penas de prisión a mujeres que en el pasado, cuando encarcelar
a una mujer era considerado un castigo espantoso para su familia -- sobre
todo para sus hijos. Pero a pesar de que, jurídicamente, la encarcelación
de mujeres es un hecho más aceptado, sigue teniendo un estigma social
que provoca que algunas reclusas sean abandonadas por sus familias.
La población carcelaria femenina
está compuesta principalmente de reclusas procesadas, aunque en
una proporción ligeramente inferior a la masculina. Dos terceras
partes de las internas son reclusas procesadas; algunas de ellas llevan
varios años encarceladas.
En las prisiones se encuentran mujeres
de todas las edades. La mayoría están en los veintes y los
treintas; aunque en el anexo para mujeres de La Planta nos encontramos
con algunas internas de dieciocho años y a una mujer de sesenta
y ocho años detenidas por delitos de narcotráfico. Un pabellón
del anexo para mujeres de Tocorón alberga a tres internas conocidas
como las "abuelas," que tienen casi sesenta años.(252)
Condiciones del confinamiento(253)
La mayoría de las internas
viven en condiciones mucho mejores que los presos, aunque las condiciones
varían considerablemente según el centro. La infraestructura
de tres de los centros para mujeres que visitamos -- el INOF, el anexo
para mujeres de Sabaneta y el anexo para mujeres de Tocuyito -- estaba
en excelentes condiciones físicas y de limpieza. De hecho, algunas
partes del anexo de Sabaneta, que fue construido en 1989, eran más
parecidas a un complejo de apartamentos que a una prisión. Aunque
las condiciones eran menos ejemplares en el anexo para mujeres de Sabaneta,
seguían siendo aceptables en términos generales. Por el contrario,
el anexo de Tocorón estaba en malas condiciones.
A diferencia de las prisiones para
hombres, el INOF y la mayoría de los anexos para mujeres de las
prisiones que visitamos no estaban sobrecargados, y no existía un
hacinamiento extremo en ninguno de los centros. En concreto, el INOF era
bastante acogedor; había sido diseñado para 240 internas
y, cuando realizamos nuestra visita, albergaba a un número inferior
de mujeres. Los anexos de Sabaneta y Tocuyito también ofrecían
amplias condiciones de espacio a las internas.(254)
La Planta y Tocorón estaban más poblados, aunque no a un
nivel intolerable.
En contraste con la disposición
de los presos que predomina en las prisiones para hombres, la mayoría
de los centros para mujeres están equipados con una combinación
de salas dormitorio y habitaciones más pequeñas. Por ejemplo,
en los centros que visitamos, las mujeres con niños vivían
en habitaciones individuales. Además, el INOF, Sabaneta, La Planta
y Tocuyito tienen numerosas habitaciones para dos personas, y la sección
de "buena conducta" del anexo para mujeres de Tocorón tiene varias
habitaciones para tres personas (la sección normal del anexo tiene
dormitorios abiertos de seis por diez metros). Es más, aunque en
La Planta los cuartos tenían puertas con barrotes, en otros centros
tienen puertas normales, lo que supone una mayor intimidad y un ambiente
mucho más natural.
En general, los centros para mujeres
tienen baños decentes. Algunas habitaciones, como las de la sección
de "buena conducta" del INOF, tienen su propio retrete y ducha. En otros
centros hay instalaciones sanitarias comunes que suelen ser suficientemente
numerosas, y se mantienen limpias y en buen estado. No obstante, no suele
haber agua caliente y durante algunos periodos tampoco había agua
corriente.
En general, los centros para mujeres
proporcionan somieres de metal y algunas de ellas, como Sabaneta, suministran
colchones y ropa de cama. Sin embargo, en ninguno de los centros se suministran
artículos sanitarios, como jabón, pasta de dientes y papel
higiénico.
En general, las comidas que se ofrecen
en los centros para mujeres son suficientes y de una calidad decente, aunque
no variadas. Las internas del anexo para mujeres de Tocorón reciben
sus comidas en forma de alimentos crudos (sobre todo pasta, arroz, huevos,
pan y mantequilla) que ellas mismas cocinan. Las cocinas están limpias
y en funcionamiento. Aunque en la mayoría de las prisiones no se
contempla una alimentación especial para mujeres embarazadas o con
hijos, el INOF tiene un Programa de Alimentación Materna e Infantil
que proporciona alimentos lácteos y vitaminas a las mujeres embarazadas
y a los niños. Asimismo, en el anexo de Tocuyito se garantiza el
suministro de leche a los niños.
Disciplina, castigos y relaciones
con los guardias civiles y militares
De acuerdo a las leyes venezolanas,
las reclusas están supervisadas únicamente por mujeres vigilantes
y otro personal femenino.(255) No obstante,
en algunas prisiones, los guardias nacionales tienen un contacto frecuente
con las internas. Las relaciones entre el personal de vigilancia y las
internas suelen ser mejores en los centros para mujeres que en las prisiones
para hombres. En contraste con el caso de los hombres, nos transmitieron
muy pocas quejas sobre violencia del personal en los centros para mujeres.
En la mayoría de los centros los golpes eran escasos -- los incidentes
que nos comentaron estaban más relacionados con miembros de la Guardia
Nacional que con el personal habitual -- y ni siquiera se recurría
habitualmente al castigo en áreas de aislamiento.
Como en el caso de los presos, la
Guardia Nacional es la responsable de los abusos físicos graves.(256)
Por ejemplo, cuando realizamos nuestra visita, las mujeres de Tocorón,
en Aragua, seguían indignadas por lo que calificaron de "masacre"
ocurrida en diciembre de 1995.(257) Unos
días antes del Año Nuevo de 1996, miembros de la Guardia
Nacional emprendieron una disputa con los internos varones y empezaron
a golpearles. Al escuchar a los presos gritar temiendo por sus vidas, las
internas gritaron y cantaron el himno nacional de Venezuela. Creyeron que
al hacerlo los guardias nacionales se avergonzarían; en cambio,
fue una provocación para que unos veinte guardias nacionales entraran
en el anexo para mujeres y las golpearan indiscriminadamente. Muchas mujeres
nos informaron de que los guardias las patearon con brutalidad o les golpearon
con la parte plana de sus peinillas. Nos dijeron que varias de las mujeres
golpeadas tuvieron que ir al hospital; una de las mujeres fue golpeada
con la culata de un rifle y tuvo que recibir puntos de sutura.
Las mujeres insistieron en que este
incidente no era el más grave de todos los muchos ocurridos. Ya
se habían producido palizas anteriormente y, en muchas ocasiones,
los miembros de la Guardia Nacional habían lanzado arbitrariamente
gases lacrimógenos al anexo para mujeres. Una mujer afirmó
que se pasó una semana ciega por haber sido golpeada directamente
en los ojos por una bomba de gases lacrimógenos. Las mujeres reconocieron
que los malos tratos se habían reducido en los últimos dos
meses y atribuyeron esta mejoría al nuevo comandante local, aunque
estaban preocupadas por lo que podría suceder cuando lo trasladaran.
A parte de los abusos físicos
por parte de los miembros de la Guardia Nacional, las mujeres de Tocorón
comentaron el abuso verbal constante. Como afirmó una interna:
Nos tratan como quieren -- sobre
todo como si no fuéramos personas. Cuando entran a hacer el recuento
de la mañana, nos llaman putas, prostitutas. A veces llegan muy
temprano y nos gritan. Sólo tenemos que quedarnos calladas.(258)
Cuando visitamos Tocorón,
había dos mujeres confinadas durante quince días al pabellón
de castigo por "faltar el respeto" a los miembros de la Guardia Nacional.
Una de ellas nos explicó que una mañana, cuando estaba en
la ducha, convocaron el recuento y un guardia intentó obligarla
a salir de la ducha desnuda; perdió los nervios y le gritó.
El pabellón de castigo, que tenía tres celdas y un baño,
necesitaba una reparación urgente. La pintura estaba desconchada,
del techo colgaba una maraña de cables eléctricos y no había
agua corriente. El retrete funcionaba a base de cubos de agua y las mujeres
afirmaron que nunca sabían cuándo les iban a traer agua y
si ésta sería suficiente.
Había dos mujeres confinadas
en la celda de castigo del sótano de La Planta, que tenía
un tamaño aproximado de 3,30 por 3,50 metros. Una de ellas se había
refugiado allí. La otra, con el brazo izquierdo esposado a un barrote,
estaba allí por motivos disciplinarios; primero la habían
castigado a quince días de aislamiento por arrancarle una cadena
del cuello a alguien, aunque después la castigaron cuatro días
más por lanzar orina a los guardias. La mujer no tenía colchón,
sólo una manta en el suelo. Cuando le preguntamos sobre el uso de
esposas, la subdirectora del centro nos dijo que la mujer había
intentado escaparse de la celda de castigo, que no era muy segura (nos
mostró la ruta de la fuga).
En otros centros se recurre muy poco
a las celdas de castigo y, cuando realizamos nuestras visitas, éstas
estaban vacías. El INOF tiene un bloque de celdas de castigo oscuras
y adustas situado a poca distancia del edificio principal que las internas
y el personal llaman el "tigrito." Sin embargo, las internas nos informaron
de que era muy raro que confinaran a alguien allí. En cambio, se
suele trasladar a otras prisiones a las mujeres con tendencia a crear problemas.
Ya que el INOF es considerado un centro deseable, tanto por su localización
como por sus condiciones, la posibilidad de ser trasladadas es un disuasorio
suficiente para que la mayoría de las mujeres no incumplan el reglamento
de la prisión.
Asimismo, en el anexo de Sabaneta
se hacía un uso mínimo de las celdas de castigo. Una reclusa
nos dijo que, en los dieciocho meses que llevaba allí, sólo
habían puesto en aislamiento a dos mujeres. En el anexo de Tocuyito
se recurría con más frecuencia a las celdas de castigo, que
las internas llamaban el "hueco negro" -- una semana antes de nuestra visita
había habido una interna allí --, aunque seguía sin
ser algo habitual. Las directoras de ambos centros nos dijeron que se solía
disciplinar a las mujeres confinándolas a sus bloques de celdas
o retirándoles su derecho a recibir visitas durante cierto tiempo.
Insistieron en que no se golpeaba a las mujeres, algo que las internas
confirmaron.
El personal civil de los centros
para mujeres tiene relaciones más amigables con las internas que
el personal de cualquiera de las prisiones para hombres que visitamos.
Vimos en varios centros a personal e internas conversando y riendo. Además,
se considera que el personal de las prisiones para mujeres es menos corrupto.
Aunque hubo varias quejas sobre corrupción del personal en La Planta
-- una mujer nos dijo que el personal "siempre estaba mendigando"--, varias
internas del INOF y Tocuyito nos dijeron que el personal no reclamaba o
aceptaba dinero.
Violencia entre reclusas y control
por parte del personal
No es de sorprender que la violencia
sea mucho menos frecuente en los centros para mujeres. Aunque conocimos
a varias mujeres que habían sido golpeadas por otras reclusas, la
frecuencia y gravedad de estas rachas de violencia era mucho menos devastadora
que en los centros para hombres. No obstante, en el anexo de La Planta,
una interna señaló: "Todas tenemos cuchillos. Los utilizamos
sobre todo para cocinar, pero a veces se usan para pelear."(259)
Las mujeres de otros centros también nos dijeron que todas estaban
armadas y que a veces estallaban peleas graves.
La subdirectora del anexo de La Planta,
uno de los centros para mujeres más peligrosos, nos dijo que cada
año resultaban heridas seis internas del centro. Nos comentó
un par de incidentes graves, como una pelea ocurrida el año anterior
que acabó con una mujer acuchillada en el pulmón, y dijo
que la mayoría de la violencia estaba relacionada con problemas
de droga.
Aunque existía una escasez
relativa de personal, las prisiones para mujeres que visitamos estaban
mejor equipadas en términos de personal que cualquiera de los centros
para hombres, especialmente teniendo en cuenta que la población
carcelaria femenina es más manejable. En el anexo para mujeres de
Sabaneta había doce vigilantes (seis en cada turno) para unas 180
reclusas; en el INOF catorce vigilantes (siete en cada turno) para unas
170 reclusas; en el anexo para mujeres de Tocorón cuatro vigilantes
(dos en cada turno) para unas cincuenta reclusas; y en La Planta había
diez vigilantes (cinco en cada turno) para unas 140 mujeres.(260)
A diferencia de las prisiones para
hombres, en los centros para mujeres que visitamos se clasificaba a las
reclusas según su conducta. Se albergaba a las mujeres con buena
conducta en pabellones separados que en general estaban en mejores condiciones.
El anexo de Sabaneta tenía un bloque especialmente acogedor conocido
como "la selectiva" que albergaba a unas cincuenta mujeres con expedientes
de buena conducta. Tocuyito y el INOF también tenían secciones
de preferencia. El anexo para mujeres de Tocorón alberga a las mujeres
con expedientes de buena conducta en el pabellón B, donde disfrutan
de habitaciones más pequeñas y más intimidad que en
el pabellón A. Nos dijeron que las mujeres del pabellón A
eran más agresivas y que solían iniciarse conflictos "por
cosas tontas."
Vínculos familiares
Para las mujeres encarceladas es
fundamental mantener el contacto con sus familias. Casi todas las mujeres
tienen hijos, ya sea dentro o fuera de la prisión. Según
las leyes venezolanas, las mujeres pueden mantener a sus hijos en la prisión
con ellas hasta que tienen tres años.(261)
Cuando realizamos nuestras visitas, en el INOF había veintiocho
niños viviendo con sus madres y seis mujeres embarazadas; en el
anexo para mujeres de Sabaneta diez niños; en el anexo para mujeres
de Tocuyito tres niños y dos internas embarazadas; y en Ciudad Bolívar
cinco niños.(262) Había
algunos niños mayores de tres años en algunas prisiones.
Como nos explicó una funcionaria, "Algunas de estas mujeres no tienen
a nadie que les ayude; los niños están mejor aquí
que en la calle."(263)
En el INOF hay un área residencial
separada para las mujeres con niños donde cada mujer tiene su propia
habitación. Las condiciones allí son agradables. El INOF
también tiene una guardería abierta de 8:00 a.m. a 4:30 p.m.,
para permitir que las internas con hijos trabajen. Una vez cumplidos los
tres años, los niños pueden visitar a sus madres en el INOF
dos veces por semana. Además, a veces les permiten quedarse durante
ocho días durante el periodo de vacaciones escolares. Algunos niños
viven en un centro contiguo, la Casa Hogar San José, que acepta
a niños de cuatro a diez años.
La mayoría de los centros
para mujeres tienen dos días de visitas a la semana. Además,
el INOF y el anexo para mujeres de Sabaneta tienen teléfonos a disposición
de las internas.
Al igual que en el caso de los presos,
las reclusas subrayaron que el apoyo de la familia durante el encarcelamiento
puede suponer una diferencia enorme en las condiciones de vida en la prisión.
Pero, a diferencia de la mayoría de los hombres, muchas mujeres
no reciben apoyo de sus familias; de hecho, suelen mantener a los hijos
que viven fuera de la prisión. Por ejemplo, conocimos a una mujer
en el INOF que era la única encargada de mantener a sus doce hijos.
(Otra mujer, que tenía que mantener a sus tres hijos, se quejaba
de que los vigilantes no le dejaban sacar comida de la prisión.)
Las mujeres encarceladas, en mayor medida que los hombres, suelen encontrarse
con que sus esposos o compañeros, e incluso toda su familia, rompen
relaciones con ellas mientras están en prisión. Las reclusas
padecen un estigma social mayor que los presos, y se enfrentan a la posibilidad
de que sus familias acepten con dificultad el hecho de que estén
encarceladas. Por lo tanto, las reclusas suelen recibir menos visitas que
los presos.
Se produce una situación especial
cuando tanto la mujer como el esposo o novio de la misma están encarcelados.
Si están en prisiones diferentes el contacto es imposible. Si la
mujer está confinada en el anexo para mujeres del mismo centro en
el que está su novio o esposo, se les permite una visita de media
hora cada quince días o cada mes, dependiendo del centro.(264)
En otras ocasiones los presos se conforman con la comunicación por
señas. (Desde ciertas áreas de los anexos para mujeres de
Tocuyito, Sabaneta y Tocorón se pueden ver los centros para hombres;
en cada una de estas áreas vimos a grupos de reclusas haciendo señas
y gritando a grupos de presos.)
Visitas conyugales
Un factor que contribuye probablemente
al posible abandono y sobre el cual muchas reclusas se quejaron es la negación
de las visitas conyugales. En contraste con la política liberal
de visitas que se aplicaba a los presos, hasta hace poco, las reclusas
tenían totalmente vetadas dichas visitas.(265)
A mediados de 1995, tras un amplio
debate sobre el tema, el INOF inició un programa piloto que permitía
visitas conyugales controladas estrictamente -- o "visitas íntimas,"
como las denominan -- a mujeres.(266)
El visitante tiene que ser el esposo de la mujer o el compañero
reconocido por la ley; la mujer tiene que tener un expediente de conducta
excelente durante su encarcelamiento; ambas partes deben someterse a una
batería de pruebas iniciales, como la prueba del VIH y evaluaciones
psiquiátricas, así como pruebas periódicas de enfermedades
venéreas; y la mujer debe comprometerse a utilizar anticonceptivos.(267)
Estas reglas estrictas -- que contrastan
con la tremenda falta de control de las visitas conyugales a presos varones
-- suponen que casi ninguna reclusa pueda calificar para disfrutar de los
beneficios de la ley. En el INOF, tras distribuir la lista de requisitos
previos entre las internas, sólo treinta mujeres solicitaron las
visitas conyugales y sólo se calificó a siete de ellas. La
primera interna que superó los requisitos del programa, una joven
que llevaba entonces un año en prisión preventiva, nos dijo
que le llevó un año completar el proceso de pruebas y que
la prueba del VIH le resultó cara.(268)
A pesar de que muy pocas mujeres se estaban beneficiando de la nueva política,
la directora del INOF consideraba que estaba funcionando bien.
A las mujeres que califican se les
permiten visitas conyugales de dos horas cada quince días. Con esta
finalidad se construyó una estructura separada en el INOF; con habitaciones
acogedoras equipadas con lavabos, retretes, televisiones y duchas.
Conversamos con algunas directoras
de prisiones sobre las visitas conyugales a reclusas, entre ellas la directora
del INOF, que estaba participando en el diseño y aplicación
del programa piloto. Nos dijeron que las razones para denegar las visitas
conyugales, o para como mínimo controlar estrictamente su concesión,
eran la posibilidad de embarazo, seguida por una preocupación por
el comportamiento moral de las reclusas. Estos factores se compensaban
con la importancia reconocida de las visitas conyugales para consolidar
los vínculos familiares.(269)
Human Rights Watch recibe con satisfacción
la iniciativa Venezolana de conceder los beneficios de las visitas conyugales
a las reclusas, pero considera todavía insatisfactoria esta nueva
política. El trato drásticamente diferente que se otorga
a las mujeres en comparación con los hombres en relación
a la concesión de dichas visitas constituye una discriminación
sexual, prohibida por el PIDCP y la Convención sobre la Eliminación
de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEFDM), los
cuales Venezuela ha ratificado.(270) La
tradicional denegación de visitas conyugales a las reclusas es un
reflejo de la incomodidad al reconocer o aceptar la sexualidad femenina
arraigada históricamente en la sociedad, y la nueva política
de Venezuela en este sentido, aunque beneficia a unas cuantas mujeres,
sigue siendo una discriminación contra las reclusas y contribuye
al fortalecimiento de estereotipos sexuales perniciosos. Mientras que la
política estatal no consiste en interferir en el comportamiento
posiblemente promiscuo de los presos varones ni tomar siquiera medidas
para prevenir el contagio de enfermedades de transmisión sexual
en las prisiones para hombres, en el caso de las mujeres, el estado sólo
permite una actividad sexual monógama estrictamente controlada y,
por consiguiente, sólo a un pequeño grupo de mujeres cuidadosamente
seleccionadas.
La posibilidad de que las mujeres
se queden embarazadas tampoco mitiga el hecho de que exista discriminación
sexual. La condición del embarazo está inextricablemente
ligada y es exclusiva de las mujeres. Al mencionar una condición
que sólo las mujeres pueden experimentar, la propia discriminación
basada en el embarazo es una forma de discriminación sexual. De
hecho, en los casos en que se ha revisado la discriminación basada
en el embarazo aplicando las normas internacionales en materia de derechos
humanos, los organismos encargados de dicha interpretación han considerado
constantemente que la discriminación basada en el embarazo constituye
una forma de discriminación sexual.(271)
Otros contactos con el exterior
Como en el caso de los presos, las
reclusas no trasmitieron a Human Rights Watch ninguna queja relativa a
limitaciones de las visitas de sus abogados o injerencia en su correspondencia.
La mayoría de las mujeres están representadas por defensores
públicos que las visitan con poca frecuencia. Por ejemplo, a finales
de marzo de 1996, cuando visitamos el INOF, el especialista legal de la
plantilla nos dijo que hasta la fecha sólo habían visitado
dos abogados ese año, una vez cada uno.(272)
Atención médica
Al igual que los hombres, las mujeres
padecen la misma carencia desastrosa de atención médica,
y muchas de ellas se quejaron de este problema.(273)
Además de la carencia generalizada de profesionales de la medicina
calificados y de suministros médicos, también existía
una escasez de atención ginecológica adecuada. Cuando Human
Rights Watch realizó sus visitas, ni Ciudad Bolívar ni Tocorón
tenían a un ginecólogo en su equipo médico, aunque
cada uno de estos centros albergaba a unas cincuenta mujeres. El Ministerio
de Justicia señaló en su informe de 1995 sobre el sistema
de salud penitenciario que el personal de once prisiones con internas femeninas
-- La Pica, Coro, San Felipe, Guanare, Barinas, Barquisimeto, Mérida,
Trujillo, San Fernando de Apure, Cumaná y Barcelona -- no contaba
con un ginecólogo.(274)
Trabajo, educación y otras
actividades
Una minoría considerable de
las mujeres encarceladas pueden trabajar y acumular de este modo los beneficios
de la reducción de sentencias de acuerdo a la ley del "dos por uno."
Sin embargo, la mayoría de las oportunidades de trabajo de las reclusas
dependen de las iniciativas individual en lugar de ser canalizadas oficialmente.
Las ganancias son variadas, pero la posibilidad de reducir la condena es
el incentivo principal del trabajo de las internas.(275)
Cuando visitamos Sabaneta, cerca
de la mitad de las reclusas condenadas trabajaban, así como ciertas
reclusas procesadas. Unas treinta de ellas limpiaban el centro; y otras
hacían tareas de zapatería, costura, elaboración de
alfombras y artesanía guajira. Las autoridades de Tocuyito sobre
ofrecían la posibilidad de trabajos de limpieza, que empleaban a
unas veinte internas. No recibían un salario por su trabajo pero
se beneficiaban de la ley del "dos por uno." Además, algunas mujeres
se dedicaban a la artesanía; los días de visita, se permitía
a unas treinta reclusas que salieran del centro para vender sus productos.
A parte de unas cuantas mujeres que hacían artesanías, prácticamente
no existía trabajo disponible en Tocorón.
En el anexo para mujeres de La Planta,
sólo trabajaban unas cuantas mujeres en los dos talleres del centro
(en cada uno de ellos había una docena de máquinas de coser).
Otras muchas mujeres trabajaban en sus celdas haciendo muñecas.
Finalmente, el INOF tenía la gama más amplia de oportunidades
laborales (muchas mujeres dijeron que este era el motivo por el que se
consideraba el INOF un destino deseable), como elaboración de tarjetas
(auspiciada por la Caja de Trabajo), elaboración de alfombras (administrada
también por la Caja); un taller de gasa quirúrgica administrado
por una empresa independiente que contrata con el INOF; elaboración
de muñecas (las máquinas de coser pertenecen al centro, pero
las mujeres consiguen sus propios materiales) y un taller de cerámica
con un torno (las mujeres consiguen su propia arcilla).
Las ofertas educativas eran escasas
en los centros para mujeres, aunque la mayoría de los centros ofrecían
al menos clases de primaria y secundaria. Entre otras había clases
adicionales; por ejemplo, en el anexo para mujeres de Tocuyito se impartían
clases de peluquería; en el anexo de Sabaneta, que tenía
varias aulas y una biblioteca bien surtida, cuatro internas estaban matriculadas
en la Universidad Nacional Abierta.
En la mayoría de los centros
las ofertas recreativas eran adecuadas; de hecho, en algunos centros eran
bastante variadas. En concreto, el INOF ofrecía una serie de actividades
recreativas, algunas de las cuales vimos, como voleibol, balompié,
tenis de mesa, aerobic y bailes populares. También había
un amplio teatro donde estaban impartiendo clases de arte dramático
el día de nuestra visita. En la mayoría de los centros se
permitía a los internos salir libremente a las áreas al aire
libre, como las instalaciones deportivas. El anexo para mujeres de Tocorón
era el menos dotado en este sentido. Habían pequeños terrenos
adosados a cada una de las áreas para mujeres y las posibilidades
de ejercicio eran limitadas, aunque tres veces a la semana se lleva a las
mujeres a un campo más amplio para que practiquen deportes.
250.
Los centros que tienen anexos independientes para mujeres son: el Centro
Penitenciario Nacional de Valencia (Tocuyito), en el estado de Carabobo;
la Cárcel Nacional de Maracaibo (Sabaneta), en el estado de Zulia;
el Centro Penitenciario de Aragua (Tocorón), en el estado de Aragua;
y la Casa de Reeducación y Trabajo Artesanal (La Planta), en Caracas.
El resto de centros
que albergan a mujeres son: el Centro Penitenciario de Occidente, en el
estado de Táchira; la Cárcel Nacional de Ciudad Bolívar,
en el estado de Ciudad Bolívar; el Centro Penitenciario de Oriente,
en el estado de Monagas; el Internado Judicial de Coro, en el estado de
Falcón; el Internado Judicial de San Felipe, en el estado de Yaracuy;
el Centro Penitenciario de los Llanos, en el estado de Portuguesa; el Internado
Judicial de Barinas, en el estado de Barinas; el Internado Judicial de
Barquisimeto, en el estado de Lara; el Internado Judicial de Mérida,
en el estado de Mérida; la Cárcel Nacional de Trujillo, en
el estado de Trujillo; el Internado Judicial de San Fernando de Apure,
en el estado de Apure; el Internado Judicial de Cumana, en el estado de
Sucre; el Internado Judicial de Carupano, en el estado de Sucre; el Centro
Penitenciario de la Región Insular, en el estado de Nueva Esparta;
el Centro Penitenciario de Barcelona, en el estado de Anzoátegui;
y el Internado Judicial de San Juan, en el estado de Guárico.
251.
Ver Carlos Subera, "Las solteras . . . "
252.
Nos dijeron que una de ellas era hermafrodita y que su verdadero ápodo
era el "abuelo." Entrevistas de Human Rights Watch con reclusas, anexo
para mujeres de Tocorón, Aragua, 24 de marzo de 1996.
253.
Esta sección no se ocupa de las condiciones en Ciudad Bolívar,
donde las mujeres comparten el espacio con los presos. Las condiciones
de ese centro, que son terribles tanto para las hombres como para las mujeres,
se expusieron anteriormente en el capítulo sobre condiciones de
vida.
254.
Sin embargo, dos años antes Sabaneta albergaba a 400 mujeres y nos
dijeron que entonces estaba repleto hasta los topes. Entrevistas de Human
Rights Watch con personal del anexo para mujeres de Sabaneta, Maracaibo,
11 de marzo de 1996.
255.
Artículo 84 de la Ley de Régimen Penitenciario, Artículo
72 del Reglamento de Internados Judiciales.
256.
Sin embargo, cabe destacar que, aunque existen anexos para mujeres en algunas
prisiones "militarizadas," en general, la Guardia Nacional tiene poco contacto
con las internas. Por ejemplo, la Guardia Nacional casi nunca accede a
los anexos para mujeres de Tocuyito y Sabaneta; en este sentido, sus incursiones
habituales en el anexo para mujeres de Tocuyito son la excepción
a la regla.
257.
Entrevistas de Human Rights Watch con numerosas internas, anexo para mujeres
de Tocorón, Aragua, 24 de marzo de 1996.
258.
Entrevista de Human Rights Watch, 24 de marzo de 1996. Asimismo, las internas
de La Planta se quejaron de que, a pesar de que la violencia abierta no
era habitual, los guardias solían abusar de ellas verbalmente.
259.
Entrevista de Human Rights Watch, Caracas, 15 de marzo de 1996.
260.
La subdirectora de La Planta reconoció que de vez en cuando sólo
había dos vigilantes (o una vigilante y una jefe de grupo) de servicio.
Entrevista de Human Rights Watch con María Hernández, Caracas,
15 de marzo de 1996.
261.
Artículo 88 de la Ley de Régimen Penitenciario.
262.
En el anexo para mujeres de La Planta no había niños, aunque
la directora subrayó que todas las internas eran madres. Había
dos mujeres embarazadas cuando realizamos nuestra visita. Tampoco había
ninguna mujer con niños o embarazada en el anexo para mujeres de
Tocorón. Nos dijeron que se trasladaba a las mujeres embarazadas
al INOF o al anexo para mujeres de Santana.
263.
Entrevista de Human Rights Watch, INOF, Los Teques, 21 de marzo de 1996.
264.
Cuando visitamos Tocorón, las visitas de este tipo llevaban más
de un año suspendidas.
265.
En este sentido, el caso de Venezuela es similar al de otros países
de la región, donde se suelen conceder visitas conyugales a los
presos y se niegan dichas visitas a las reclusas. La excepción en
este sentido es Costa Rica, donde se conceden visitas conyugales a ambos
sexos. Ver, en general, Observatoire International des Prisons, Rapport
1995 (Informe 1995) (Lyon: Observatoire International des Prisons,
1995).
266.
En diciembre de 1993, se adoptó la decisión original de conceder
a las reclusas el derecho a visitas conyugales. En principio, tenía
que entrar en vigor en marzo de 1994 pero se retrasó su aplicación.
Ver, Ministerio de Justicia, "Resolución que autoriza la visita
íntima de las internas de los establecimientos penitenciarios y
anexos femeninos," nº 402, 17 de diciembre de 1993. Se contempla que
el programa piloto iniciado en el INOF se amplíe al anexo para mujeres
de Santana. Entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo, directora
del INOF, Los Teques, 21 de marzo de 1996.
267.
Un "equipo de expertos" del INOF desarrolló la política de
visitas conyugales a mujeres, que fue revisada por la comisión de
mujeres del congreso. En el borrador original se permitía a las
mujeres recibir visitas de su "esposo, compañero legal o novio."
Sin embargo, se eliminó la referencia al novio por miedo a que las
mujeres practicaran la prostitución y la idea generalizada que no
se debe permitir visitar a "cualquier" hombre. También se modificó
el requisito de pruebas de enfermedades venéreas que paso a ser
cada tres meses en lugar de cada seis. Entrevista de Human Rights Watch
con Raiza Bastardo, 21 de marzo de 1996.
268.
Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.
269.
Un par de directoras también afirmaron que las visitas conyugales
tendrían el efecto, beneficioso según ellas, de reducir el
lesbianismo. Por ejemplo, entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo,
21 de marzo de 1996.
270.
El Artículo 26 del PIDCP estipula que: "Todas las personas son iguales
ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección
de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación
y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva
contra cualquier discriminación por motivos de...sexo..." Asimismo,
el Artículo 2 de la CEFDM declara: "Los Estados Partes condenan
la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen
en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política
encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal
objeto, se comprometen a:...(d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica
de discriminación contra la mujer y velar porque las autoridades
e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;..."
Cabe destacar que la
resolución del Ministerio de Justicia que autoriza las visitas conyugales
a las internas cita concretamente el Artículo 61 de la Constitución
de Venezuela, que prohíbe la discriminación sexual. Ver,
Resolución nº 402, 17 de diciembre de 1993.
271.
Por ejemplo, el Comité de Expertos de la Organización Internacional
del Trabajo interpretó que el Convenio nº 111 de la OIT sobre
la discriminación (empleo y ocupación), que prohíbe
la discriminación basada en el sexo en el empleo, prohibía
la discriminación basada en el embarazo. Conditions of Work Digest
(Boletín sobre las condiciones de trabajo), Vol. 13 (Ginebra: Ofician
Internacional del Trabajo, 1994), pág. 24. Asimismo, en un caso
de 1991 el Tribunal de Justicia Europeo (TJE) decretó que la discriminación
basada en el embarazo constituye una discriminación sexual inaceptable.
El TJE sentenció en contra de una compañía holandesa
que intentó evitar contratar a una mujer porque estaba embarazada.
El tribunal sentenció que "en base al embarazo, sólo se puede
negar el empleo a las mujeres y por lo tanto tal negación constituye
una discriminación directa basada en el sexo."Caso C-177/88, Dekker
v. Sichting Vormingscentrum voor Jong Volwassenen (VJV-Centrum) Plus, 1990
E.C.R.3941. Aunque las conclusiones del TJE no comprometen a Venezuela,
el decreto del Tribunal constituye una decisión de peso de que la
discriminación basada en el embarazo es una forma de discriminación
sexual.
Para tener una visión
más general de este tema, ver, Proyecto de Derechos de la Mujer
de Human Rights Watch, Sin garantías: Discriminación sexual
en el sector de maquiladoras de México, Vol. 8, nº 6 (agosto
de 1996), págs. 32-36.
272.
Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.
273.
Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.
274.
Ministerio de Justicia, "Situación del sistema de salud penitenciario."
275.
La mayoría del trabajo era a destajo y, por lo tanto, las ganancias
variaban en función de la rapidez y habilidad de las mujeres. Por
ejemplo, las costureras de Sabaneta ganaban sesenta bolívares por
pieza. Las alfombras elaboradas en Sabaneta, que requerían un trabajo
intenso, se pagaban a 15.000 B cada una (unos 51,90 $). Las mujeres de
La Planta dijeron que haciendo muñecas se podían ganar 9.000
B (unos 31,14 $) a la semana.
También cabe
destacar que, al parecer, las reclusas estaban logrando reducciones de
condena por trabajo. Por ejemplo, la directora del INOF nos dijo que el
número de internas se había reducido considerablemente gracias
a la reducción de sentencias por trabajo. Entrevista de Human Rights
Watch con Raiza Bastardo, 21 de marzo de 1996.
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