Informes

Castigados sin condena:
Condiciones en las prisones de Venezuela


(New York: Human Rights Watch, 1998)

MUJERES RECLUSAS

Las condiciones de las reclusas en Venezuela varían de manera drástica: del limpio, moderno y bien cuidado anexo para mujeres de Sabaneta en Maracaibo, al centro terriblemente descuidado de Ciudad Bolívar, donde unas cuantas docenas de mujeres han convivido con más de 1.000 hombres. En términos generales, los centros para mujeres suelen estar más limpios, menos hacinados y mejor cuidados que los centros para hombres de Venezuela. Tienen una mayor proporción de personal, poca violencia y mayores oportunidades laborales y recreativas.

Las mujeres sólo constituyen el 4,5 por ciento de la población carcelaria de Venezuela. El Instituto Nacional de Orientación Femenina (INOF), situado en el estado de Miranda, en las afueras de Caracas, es la única prisión sólo para mujeres. Las reclusas también están repartidas en veinte centros para hombres diseminados por todo el país. Algunas de estas prisiones albergan a las mujeres en anexos independientes; en otros las mujeres ocupan instalaciones más improvisadas, como bloques de celdas de mujeres dentro de amplios centros para hombres.(250)

Human Rights Watch inspeccionó el INOF, que albergaba a 168 mujeres el día de nuestra visita; cuatro anexos para mujeres, cada uno de los cuales albergaba entre cincuenta y una y 182 mujeres los días de nuestras visitas; y la Cárcel Nacional de Ciudad Bolívar, que albergaba a cuarenta y una mujeres junto a 1.139 presos varones el día de nuestra visita. El único otro centro de Venezuela con una cantidad considerable de internas es el Centro Penitenciario de Occidente, que suele albergar a unas 200 mujeres. Casi todos los demás centros albergan a unas diez o treinta mujeres, a excepción del Internado Judicial de San Juan donde sólo se encuentran una o dos mujeres.

La proporción de mujeres encarceladas por delitos de drogas es aún mayor que la de hombres. Por ejemplo, en el INOF y La Planta, casi la mitad de las internas habían sido acusadas o condenadas por delitos de narcotráfico; en otras prisiones la proporción era similar. Casi todas las reclusas extranjeras están encarceladas por delitos de drogas. Cuando Human Rights Watch visitó el anexo para mujeres de La Planta, albergaba a casi veinticinco mujeres procedentes de otros países, entre ellas trece colombianas, unas cuantas españolas, peruanas y ecuatorianas, y dos mujeres africanas, una procedente de Camerún y otra de Ghana; todas ellas habían sido detenidas acusadas de narcotráfico.

El aumento de los procesos por delitos de drogas ha servido para estimular un crecimiento global de la población carcelaria femenina.(251) Nos dijeron que otra causa de este incremento era estaban más dispuestos a condenar a penas de prisión a mujeres que en el pasado, cuando encarcelar a una mujer era considerado un castigo espantoso para su familia -- sobre todo para sus hijos. Pero a pesar de que, jurídicamente, la encarcelación de mujeres es un hecho más aceptado, sigue teniendo un estigma social que provoca que algunas reclusas sean abandonadas por sus familias.

La población carcelaria femenina está compuesta principalmente de reclusas procesadas, aunque en una proporción ligeramente inferior a la masculina. Dos terceras partes de las internas son reclusas procesadas; algunas de ellas llevan varios años encarceladas.

En las prisiones se encuentran mujeres de todas las edades. La mayoría están en los veintes y los treintas; aunque en el anexo para mujeres de La Planta nos encontramos con algunas internas de dieciocho años y a una mujer de sesenta y ocho años detenidas por delitos de narcotráfico. Un pabellón del anexo para mujeres de Tocorón alberga a tres internas conocidas como las "abuelas," que tienen casi sesenta años.(252)

Condiciones del confinamiento(253)

La mayoría de las internas viven en condiciones mucho mejores que los presos, aunque las condiciones varían considerablemente según el centro. La infraestructura de tres de los centros para mujeres que visitamos -- el INOF, el anexo para mujeres de Sabaneta y el anexo para mujeres de Tocuyito -- estaba en excelentes condiciones físicas y de limpieza. De hecho, algunas partes del anexo de Sabaneta, que fue construido en 1989, eran más parecidas a un complejo de apartamentos que a una prisión. Aunque las condiciones eran menos ejemplares en el anexo para mujeres de Sabaneta, seguían siendo aceptables en términos generales. Por el contrario, el anexo de Tocorón estaba en malas condiciones.

A diferencia de las prisiones para hombres, el INOF y la mayoría de los anexos para mujeres de las prisiones que visitamos no estaban sobrecargados, y no existía un hacinamiento extremo en ninguno de los centros. En concreto, el INOF era bastante acogedor; había sido diseñado para 240 internas y, cuando realizamos nuestra visita, albergaba a un número inferior de mujeres. Los anexos de Sabaneta y Tocuyito también ofrecían amplias condiciones de espacio a las internas.(254) La Planta y Tocorón estaban más poblados, aunque no a un nivel intolerable.

En contraste con la disposición de los presos que predomina en las prisiones para hombres, la mayoría de los centros para mujeres están equipados con una combinación de salas dormitorio y habitaciones más pequeñas. Por ejemplo, en los centros que visitamos, las mujeres con niños vivían en habitaciones individuales. Además, el INOF, Sabaneta, La Planta y Tocuyito tienen numerosas habitaciones para dos personas, y la sección de "buena conducta" del anexo para mujeres de Tocorón tiene varias habitaciones para tres personas (la sección normal del anexo tiene dormitorios abiertos de seis por diez metros). Es más, aunque en La Planta los cuartos tenían puertas con barrotes, en otros centros tienen puertas normales, lo que supone una mayor intimidad y un ambiente mucho más natural.

En general, los centros para mujeres tienen baños decentes. Algunas habitaciones, como las de la sección de "buena conducta" del INOF, tienen su propio retrete y ducha. En otros centros hay instalaciones sanitarias comunes que suelen ser suficientemente numerosas, y se mantienen limpias y en buen estado. No obstante, no suele haber agua caliente y durante algunos periodos tampoco había agua corriente.

En general, los centros para mujeres proporcionan somieres de metal y algunas de ellas, como Sabaneta, suministran colchones y ropa de cama. Sin embargo, en ninguno de los centros se suministran artículos sanitarios, como jabón, pasta de dientes y papel higiénico.

En general, las comidas que se ofrecen en los centros para mujeres son suficientes y de una calidad decente, aunque no variadas. Las internas del anexo para mujeres de Tocorón reciben sus comidas en forma de alimentos crudos (sobre todo pasta, arroz, huevos, pan y mantequilla) que ellas mismas cocinan. Las cocinas están limpias y en funcionamiento. Aunque en la mayoría de las prisiones no se contempla una alimentación especial para mujeres embarazadas o con hijos, el INOF tiene un Programa de Alimentación Materna e Infantil que proporciona alimentos lácteos y vitaminas a las mujeres embarazadas y a los niños. Asimismo, en el anexo de Tocuyito se garantiza el suministro de leche a los niños.

Disciplina, castigos y relaciones con los guardias civiles y militares

De acuerdo a las leyes venezolanas, las reclusas están supervisadas únicamente por mujeres vigilantes y otro personal femenino.(255) No obstante, en algunas prisiones, los guardias nacionales tienen un contacto frecuente con las internas. Las relaciones entre el personal de vigilancia y las internas suelen ser mejores en los centros para mujeres que en las prisiones para hombres. En contraste con el caso de los hombres, nos transmitieron muy pocas quejas sobre violencia del personal en los centros para mujeres. En la mayoría de los centros los golpes eran escasos -- los incidentes que nos comentaron estaban más relacionados con miembros de la Guardia Nacional que con el personal habitual -- y ni siquiera se recurría habitualmente al castigo en áreas de aislamiento.

Como en el caso de los presos, la Guardia Nacional es la responsable de los abusos físicos graves.(256) Por ejemplo, cuando realizamos nuestra visita, las mujeres de Tocorón, en Aragua, seguían indignadas por lo que calificaron de "masacre" ocurrida en diciembre de 1995.(257) Unos días antes del Año Nuevo de 1996, miembros de la Guardia Nacional emprendieron una disputa con los internos varones y empezaron a golpearles. Al escuchar a los presos gritar temiendo por sus vidas, las internas gritaron y cantaron el himno nacional de Venezuela. Creyeron que al hacerlo los guardias nacionales se avergonzarían; en cambio, fue una provocación para que unos veinte guardias nacionales entraran en el anexo para mujeres y las golpearan indiscriminadamente. Muchas mujeres nos informaron de que los guardias las patearon con brutalidad o les golpearon con la parte plana de sus peinillas. Nos dijeron que varias de las mujeres golpeadas tuvieron que ir al hospital; una de las mujeres fue golpeada con la culata de un rifle y tuvo que recibir puntos de sutura.

Las mujeres insistieron en que este incidente no era el más grave de todos los muchos ocurridos. Ya se habían producido palizas anteriormente y, en muchas ocasiones, los miembros de la Guardia Nacional habían lanzado arbitrariamente gases lacrimógenos al anexo para mujeres. Una mujer afirmó que se pasó una semana ciega por haber sido golpeada directamente en los ojos por una bomba de gases lacrimógenos. Las mujeres reconocieron que los malos tratos se habían reducido en los últimos dos meses y atribuyeron esta mejoría al nuevo comandante local, aunque estaban preocupadas por lo que podría suceder cuando lo trasladaran.

A parte de los abusos físicos por parte de los miembros de la Guardia Nacional, las mujeres de Tocorón comentaron el abuso verbal constante. Como afirmó una interna:

Nos tratan como quieren -- sobre todo como si no fuéramos personas. Cuando entran a hacer el recuento de la mañana, nos llaman putas, prostitutas. A veces llegan muy temprano y nos gritan. Sólo tenemos que quedarnos calladas.(258)

Cuando visitamos Tocorón, había dos mujeres confinadas durante quince días al pabellón de castigo por "faltar el respeto" a los miembros de la Guardia Nacional. Una de ellas nos explicó que una mañana, cuando estaba en la ducha, convocaron el recuento y un guardia intentó obligarla a salir de la ducha desnuda; perdió los nervios y le gritó. El pabellón de castigo, que tenía tres celdas y un baño, necesitaba una reparación urgente. La pintura estaba desconchada, del techo colgaba una maraña de cables eléctricos y no había agua corriente. El retrete funcionaba a base de cubos de agua y las mujeres afirmaron que nunca sabían cuándo les iban a traer agua y si ésta sería suficiente.

Había dos mujeres confinadas en la celda de castigo del sótano de La Planta, que tenía un tamaño aproximado de 3,30 por 3,50 metros. Una de ellas se había refugiado allí. La otra, con el brazo izquierdo esposado a un barrote, estaba allí por motivos disciplinarios; primero la habían castigado a quince días de aislamiento por arrancarle una cadena del cuello a alguien, aunque después la castigaron cuatro días más por lanzar orina a los guardias. La mujer no tenía colchón, sólo una manta en el suelo. Cuando le preguntamos sobre el uso de esposas, la subdirectora del centro nos dijo que la mujer había intentado escaparse de la celda de castigo, que no era muy segura (nos mostró la ruta de la fuga).

En otros centros se recurre muy poco a las celdas de castigo y, cuando realizamos nuestras visitas, éstas estaban vacías. El INOF tiene un bloque de celdas de castigo oscuras y adustas situado a poca distancia del edificio principal que las internas y el personal llaman el "tigrito." Sin embargo, las internas nos informaron de que era muy raro que confinaran a alguien allí. En cambio, se suele trasladar a otras prisiones a las mujeres con tendencia a crear problemas. Ya que el INOF es considerado un centro deseable, tanto por su localización como por sus condiciones, la posibilidad de ser trasladadas es un disuasorio suficiente para que la mayoría de las mujeres no incumplan el reglamento de la prisión.

Asimismo, en el anexo de Sabaneta se hacía un uso mínimo de las celdas de castigo. Una reclusa nos dijo que, en los dieciocho meses que llevaba allí, sólo habían puesto en aislamiento a dos mujeres. En el anexo de Tocuyito se recurría con más frecuencia a las celdas de castigo, que las internas llamaban el "hueco negro" -- una semana antes de nuestra visita había habido una interna allí --, aunque seguía sin ser algo habitual. Las directoras de ambos centros nos dijeron que se solía disciplinar a las mujeres confinándolas a sus bloques de celdas o retirándoles su derecho a recibir visitas durante cierto tiempo. Insistieron en que no se golpeaba a las mujeres, algo que las internas confirmaron.

El personal civil de los centros para mujeres tiene relaciones más amigables con las internas que el personal de cualquiera de las prisiones para hombres que visitamos. Vimos en varios centros a personal e internas conversando y riendo. Además, se considera que el personal de las prisiones para mujeres es menos corrupto. Aunque hubo varias quejas sobre corrupción del personal en La Planta -- una mujer nos dijo que el personal "siempre estaba mendigando"--, varias internas del INOF y Tocuyito nos dijeron que el personal no reclamaba o aceptaba dinero.

Violencia entre reclusas y control por parte del personal

No es de sorprender que la violencia sea mucho menos frecuente en los centros para mujeres. Aunque conocimos a varias mujeres que habían sido golpeadas por otras reclusas, la frecuencia y gravedad de estas rachas de violencia era mucho menos devastadora que en los centros para hombres. No obstante, en el anexo de La Planta, una interna señaló: "Todas tenemos cuchillos. Los utilizamos sobre todo para cocinar, pero a veces se usan para pelear."(259) Las mujeres de otros centros también nos dijeron que todas estaban armadas y que a veces estallaban peleas graves.

La subdirectora del anexo de La Planta, uno de los centros para mujeres más peligrosos, nos dijo que cada año resultaban heridas seis internas del centro. Nos comentó un par de incidentes graves, como una pelea ocurrida el año anterior que acabó con una mujer acuchillada en el pulmón, y dijo que la mayoría de la violencia estaba relacionada con problemas de droga.

Aunque existía una escasez relativa de personal, las prisiones para mujeres que visitamos estaban mejor equipadas en términos de personal que cualquiera de los centros para hombres, especialmente teniendo en cuenta que la población carcelaria femenina es más manejable. En el anexo para mujeres de Sabaneta había doce vigilantes (seis en cada turno) para unas 180 reclusas; en el INOF catorce vigilantes (siete en cada turno) para unas 170 reclusas; en el anexo para mujeres de Tocorón cuatro vigilantes (dos en cada turno) para unas cincuenta reclusas; y en La Planta había diez vigilantes (cinco en cada turno) para unas 140 mujeres.(260)

A diferencia de las prisiones para hombres, en los centros para mujeres que visitamos se clasificaba a las reclusas según su conducta. Se albergaba a las mujeres con buena conducta en pabellones separados que en general estaban en mejores condiciones. El anexo de Sabaneta tenía un bloque especialmente acogedor conocido como "la selectiva" que albergaba a unas cincuenta mujeres con expedientes de buena conducta. Tocuyito y el INOF también tenían secciones de preferencia. El anexo para mujeres de Tocorón alberga a las mujeres con expedientes de buena conducta en el pabellón B, donde disfrutan de habitaciones más pequeñas y más intimidad que en el pabellón A. Nos dijeron que las mujeres del pabellón A eran más agresivas y que solían iniciarse conflictos "por cosas tontas."

Vínculos familiares

Para las mujeres encarceladas es fundamental mantener el contacto con sus familias. Casi todas las mujeres tienen hijos, ya sea dentro o fuera de la prisión. Según las leyes venezolanas, las mujeres pueden mantener a sus hijos en la prisión con ellas hasta que tienen tres años.(261) Cuando realizamos nuestras visitas, en el INOF había veintiocho niños viviendo con sus madres y seis mujeres embarazadas; en el anexo para mujeres de Sabaneta diez niños; en el anexo para mujeres de Tocuyito tres niños y dos internas embarazadas; y en Ciudad Bolívar cinco niños.(262) Había algunos niños mayores de tres años en algunas prisiones. Como nos explicó una funcionaria, "Algunas de estas mujeres no tienen a nadie que les ayude; los niños están mejor aquí que en la calle."(263)

En el INOF hay un área residencial separada para las mujeres con niños donde cada mujer tiene su propia habitación. Las condiciones allí son agradables. El INOF también tiene una guardería abierta de 8:00 a.m. a 4:30 p.m., para permitir que las internas con hijos trabajen. Una vez cumplidos los tres años, los niños pueden visitar a sus madres en el INOF dos veces por semana. Además, a veces les permiten quedarse durante ocho días durante el periodo de vacaciones escolares. Algunos niños viven en un centro contiguo, la Casa Hogar San José, que acepta a niños de cuatro a diez años.

La mayoría de los centros para mujeres tienen dos días de visitas a la semana. Además, el INOF y el anexo para mujeres de Sabaneta tienen teléfonos a disposición de las internas.

Al igual que en el caso de los presos, las reclusas subrayaron que el apoyo de la familia durante el encarcelamiento puede suponer una diferencia enorme en las condiciones de vida en la prisión. Pero, a diferencia de la mayoría de los hombres, muchas mujeres no reciben apoyo de sus familias; de hecho, suelen mantener a los hijos que viven fuera de la prisión. Por ejemplo, conocimos a una mujer en el INOF que era la única encargada de mantener a sus doce hijos. (Otra mujer, que tenía que mantener a sus tres hijos, se quejaba de que los vigilantes no le dejaban sacar comida de la prisión.) Las mujeres encarceladas, en mayor medida que los hombres, suelen encontrarse con que sus esposos o compañeros, e incluso toda su familia, rompen relaciones con ellas mientras están en prisión. Las reclusas padecen un estigma social mayor que los presos, y se enfrentan a la posibilidad de que sus familias acepten con dificultad el hecho de que estén encarceladas. Por lo tanto, las reclusas suelen recibir menos visitas que los presos.

Se produce una situación especial cuando tanto la mujer como el esposo o novio de la misma están encarcelados. Si están en prisiones diferentes el contacto es imposible. Si la mujer está confinada en el anexo para mujeres del mismo centro en el que está su novio o esposo, se les permite una visita de media hora cada quince días o cada mes, dependiendo del centro.(264) En otras ocasiones los presos se conforman con la comunicación por señas. (Desde ciertas áreas de los anexos para mujeres de Tocuyito, Sabaneta y Tocorón se pueden ver los centros para hombres; en cada una de estas áreas vimos a grupos de reclusas haciendo señas y gritando a grupos de presos.)

Visitas conyugales

Un factor que contribuye probablemente al posible abandono y sobre el cual muchas reclusas se quejaron es la negación de las visitas conyugales. En contraste con la política liberal de visitas que se aplicaba a los presos, hasta hace poco, las reclusas tenían totalmente vetadas dichas visitas.(265)

A mediados de 1995, tras un amplio debate sobre el tema, el INOF inició un programa piloto que permitía visitas conyugales controladas estrictamente -- o "visitas íntimas," como las denominan -- a mujeres.(266) El visitante tiene que ser el esposo de la mujer o el compañero reconocido por la ley; la mujer tiene que tener un expediente de conducta excelente durante su encarcelamiento; ambas partes deben someterse a una batería de pruebas iniciales, como la prueba del VIH y evaluaciones psiquiátricas, así como pruebas periódicas de enfermedades venéreas; y la mujer debe comprometerse a utilizar anticonceptivos.(267)

Estas reglas estrictas -- que contrastan con la tremenda falta de control de las visitas conyugales a presos varones -- suponen que casi ninguna reclusa pueda calificar para disfrutar de los beneficios de la ley. En el INOF, tras distribuir la lista de requisitos previos entre las internas, sólo treinta mujeres solicitaron las visitas conyugales y sólo se calificó a siete de ellas. La primera interna que superó los requisitos del programa, una joven que llevaba entonces un año en prisión preventiva, nos dijo que le llevó un año completar el proceso de pruebas y que la prueba del VIH le resultó cara.(268) A pesar de que muy pocas mujeres se estaban beneficiando de la nueva política, la directora del INOF consideraba que estaba funcionando bien.

A las mujeres que califican se les permiten visitas conyugales de dos horas cada quince días. Con esta finalidad se construyó una estructura separada en el INOF; con habitaciones acogedoras equipadas con lavabos, retretes, televisiones y duchas.

Conversamos con algunas directoras de prisiones sobre las visitas conyugales a reclusas, entre ellas la directora del INOF, que estaba participando en el diseño y aplicación del programa piloto. Nos dijeron que las razones para denegar las visitas conyugales, o para como mínimo controlar estrictamente su concesión, eran la posibilidad de embarazo, seguida por una preocupación por el comportamiento moral de las reclusas. Estos factores se compensaban con la importancia reconocida de las visitas conyugales para consolidar los vínculos familiares.(269)

Human Rights Watch recibe con satisfacción la iniciativa Venezolana de conceder los beneficios de las visitas conyugales a las reclusas, pero considera todavía insatisfactoria esta nueva política. El trato drásticamente diferente que se otorga a las mujeres en comparación con los hombres en relación a la concesión de dichas visitas constituye una discriminación sexual, prohibida por el PIDCP y la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEFDM), los cuales Venezuela ha ratificado.(270) La tradicional denegación de visitas conyugales a las reclusas es un reflejo de la incomodidad al reconocer o aceptar la sexualidad femenina arraigada históricamente en la sociedad, y la nueva política de Venezuela en este sentido, aunque beneficia a unas cuantas mujeres, sigue siendo una discriminación contra las reclusas y contribuye al fortalecimiento de estereotipos sexuales perniciosos. Mientras que la política estatal no consiste en interferir en el comportamiento posiblemente promiscuo de los presos varones ni tomar siquiera medidas para prevenir el contagio de enfermedades de transmisión sexual en las prisiones para hombres, en el caso de las mujeres, el estado sólo permite una actividad sexual monógama estrictamente controlada y, por consiguiente, sólo a un pequeño grupo de mujeres cuidadosamente seleccionadas.

La posibilidad de que las mujeres se queden embarazadas tampoco mitiga el hecho de que exista discriminación sexual. La condición del embarazo está inextricablemente ligada y es exclusiva de las mujeres. Al mencionar una condición que sólo las mujeres pueden experimentar, la propia discriminación basada en el embarazo es una forma de discriminación sexual. De hecho, en los casos en que se ha revisado la discriminación basada en el embarazo aplicando las normas internacionales en materia de derechos humanos, los organismos encargados de dicha interpretación han considerado constantemente que la discriminación basada en el embarazo constituye una forma de discriminación sexual.(271)

Otros contactos con el exterior

Como en el caso de los presos, las reclusas no trasmitieron a Human Rights Watch ninguna queja relativa a limitaciones de las visitas de sus abogados o injerencia en su correspondencia. La mayoría de las mujeres están representadas por defensores públicos que las visitan con poca frecuencia. Por ejemplo, a finales de marzo de 1996, cuando visitamos el INOF, el especialista legal de la plantilla nos dijo que hasta la fecha sólo habían visitado dos abogados ese año, una vez cada uno.(272)

Atención médica

Al igual que los hombres, las mujeres padecen la misma carencia desastrosa de atención médica, y muchas de ellas se quejaron de este problema.(273) Además de la carencia generalizada de profesionales de la medicina calificados y de suministros médicos, también existía una escasez de atención ginecológica adecuada. Cuando Human Rights Watch realizó sus visitas, ni Ciudad Bolívar ni Tocorón tenían a un ginecólogo en su equipo médico, aunque cada uno de estos centros albergaba a unas cincuenta mujeres. El Ministerio de Justicia señaló en su informe de 1995 sobre el sistema de salud penitenciario que el personal de once prisiones con internas femeninas -- La Pica, Coro, San Felipe, Guanare, Barinas, Barquisimeto, Mérida, Trujillo, San Fernando de Apure, Cumaná y Barcelona -- no contaba con un ginecólogo.(274)

Trabajo, educación y otras actividades

Una minoría considerable de las mujeres encarceladas pueden trabajar y acumular de este modo los beneficios de la reducción de sentencias de acuerdo a la ley del "dos por uno." Sin embargo, la mayoría de las oportunidades de trabajo de las reclusas dependen de las iniciativas individual en lugar de ser canalizadas oficialmente. Las ganancias son variadas, pero la posibilidad de reducir la condena es el incentivo principal del trabajo de las internas.(275)

Cuando visitamos Sabaneta, cerca de la mitad de las reclusas condenadas trabajaban, así como ciertas reclusas procesadas. Unas treinta de ellas limpiaban el centro; y otras hacían tareas de zapatería, costura, elaboración de alfombras y artesanía guajira. Las autoridades de Tocuyito sobre ofrecían la posibilidad de trabajos de limpieza, que empleaban a unas veinte internas. No recibían un salario por su trabajo pero se beneficiaban de la ley del "dos por uno." Además, algunas mujeres se dedicaban a la artesanía; los días de visita, se permitía a unas treinta reclusas que salieran del centro para vender sus productos. A parte de unas cuantas mujeres que hacían artesanías, prácticamente no existía trabajo disponible en Tocorón.

En el anexo para mujeres de La Planta, sólo trabajaban unas cuantas mujeres en los dos talleres del centro (en cada uno de ellos había una docena de máquinas de coser). Otras muchas mujeres trabajaban en sus celdas haciendo muñecas. Finalmente, el INOF tenía la gama más amplia de oportunidades laborales (muchas mujeres dijeron que este era el motivo por el que se consideraba el INOF un destino deseable), como elaboración de tarjetas (auspiciada por la Caja de Trabajo), elaboración de alfombras (administrada también por la Caja); un taller de gasa quirúrgica administrado por una empresa independiente que contrata con el INOF; elaboración de muñecas (las máquinas de coser pertenecen al centro, pero las mujeres consiguen sus propios materiales) y un taller de cerámica con un torno (las mujeres consiguen su propia arcilla).

Las ofertas educativas eran escasas en los centros para mujeres, aunque la mayoría de los centros ofrecían al menos clases de primaria y secundaria. Entre otras había clases adicionales; por ejemplo, en el anexo para mujeres de Tocuyito se impartían clases de peluquería; en el anexo de Sabaneta, que tenía varias aulas y una biblioteca bien surtida, cuatro internas estaban matriculadas en la Universidad Nacional Abierta.

En la mayoría de los centros las ofertas recreativas eran adecuadas; de hecho, en algunos centros eran bastante variadas. En concreto, el INOF ofrecía una serie de actividades recreativas, algunas de las cuales vimos, como voleibol, balompié, tenis de mesa, aerobic y bailes populares. También había un amplio teatro donde estaban impartiendo clases de arte dramático el día de nuestra visita. En la mayoría de los centros se permitía a los internos salir libremente a las áreas al aire libre, como las instalaciones deportivas. El anexo para mujeres de Tocorón era el menos dotado en este sentido. Habían pequeños terrenos adosados a cada una de las áreas para mujeres y las posibilidades de ejercicio eran limitadas, aunque tres veces a la semana se lleva a las mujeres a un campo más amplio para que practiquen deportes.


REGRESAR AL PRINCIPIO

250. Los centros que tienen anexos independientes para mujeres son: el Centro Penitenciario Nacional de Valencia (Tocuyito), en el estado de Carabobo; la Cárcel Nacional de Maracaibo (Sabaneta), en el estado de Zulia; el Centro Penitenciario de Aragua (Tocorón), en el estado de Aragua; y la Casa de Reeducación y Trabajo Artesanal (La Planta), en Caracas.

El resto de centros que albergan a mujeres son: el Centro Penitenciario de Occidente, en el estado de Táchira; la Cárcel Nacional de Ciudad Bolívar, en el estado de Ciudad Bolívar; el Centro Penitenciario de Oriente, en el estado de Monagas; el Internado Judicial de Coro, en el estado de Falcón; el Internado Judicial de San Felipe, en el estado de Yaracuy; el Centro Penitenciario de los Llanos, en el estado de Portuguesa; el Internado Judicial de Barinas, en el estado de Barinas; el Internado Judicial de Barquisimeto, en el estado de Lara; el Internado Judicial de Mérida, en el estado de Mérida; la Cárcel Nacional de Trujillo, en el estado de Trujillo; el Internado Judicial de San Fernando de Apure, en el estado de Apure; el Internado Judicial de Cumana, en el estado de Sucre; el Internado Judicial de Carupano, en el estado de Sucre; el Centro Penitenciario de la Región Insular, en el estado de Nueva Esparta; el Centro Penitenciario de Barcelona, en el estado de Anzoátegui; y el Internado Judicial de San Juan, en el estado de Guárico.

251. Ver Carlos Subera, "Las solteras . . . "

252. Nos dijeron que una de ellas era hermafrodita y que su verdadero ápodo era el "abuelo." Entrevistas de Human Rights Watch con reclusas, anexo para mujeres de Tocorón, Aragua, 24 de marzo de 1996.

253. Esta sección no se ocupa de las condiciones en Ciudad Bolívar, donde las mujeres comparten el espacio con los presos. Las condiciones de ese centro, que son terribles tanto para las hombres como para las mujeres, se expusieron anteriormente en el capítulo sobre condiciones de vida.

254. Sin embargo, dos años antes Sabaneta albergaba a 400 mujeres y nos dijeron que entonces estaba repleto hasta los topes. Entrevistas de Human Rights Watch con personal del anexo para mujeres de Sabaneta, Maracaibo, 11 de marzo de 1996.

255. Artículo 84 de la Ley de Régimen Penitenciario, Artículo 72 del Reglamento de Internados Judiciales.

256. Sin embargo, cabe destacar que, aunque existen anexos para mujeres en algunas prisiones "militarizadas," en general, la Guardia Nacional tiene poco contacto con las internas. Por ejemplo, la Guardia Nacional casi nunca accede a los anexos para mujeres de Tocuyito y Sabaneta; en este sentido, sus incursiones habituales en el anexo para mujeres de Tocuyito son la excepción a la regla.

257. Entrevistas de Human Rights Watch con numerosas internas, anexo para mujeres de Tocorón, Aragua, 24 de marzo de 1996.

258. Entrevista de Human Rights Watch, 24 de marzo de 1996. Asimismo, las internas de La Planta se quejaron de que, a pesar de que la violencia abierta no era habitual, los guardias solían abusar de ellas verbalmente.

259. Entrevista de Human Rights Watch, Caracas, 15 de marzo de 1996.

260. La subdirectora de La Planta reconoció que de vez en cuando sólo había dos vigilantes (o una vigilante y una jefe de grupo) de servicio. Entrevista de Human Rights Watch con María Hernández, Caracas, 15 de marzo de 1996.

261. Artículo 88 de la Ley de Régimen Penitenciario.

262. En el anexo para mujeres de La Planta no había niños, aunque la directora subrayó que todas las internas eran madres. Había dos mujeres embarazadas cuando realizamos nuestra visita. Tampoco había ninguna mujer con niños o embarazada en el anexo para mujeres de Tocorón. Nos dijeron que se trasladaba a las mujeres embarazadas al INOF o al anexo para mujeres de Santana.

263. Entrevista de Human Rights Watch, INOF, Los Teques, 21 de marzo de 1996.

264. Cuando visitamos Tocorón, las visitas de este tipo llevaban más de un año suspendidas.

265. En este sentido, el caso de Venezuela es similar al de otros países de la región, donde se suelen conceder visitas conyugales a los presos y se niegan dichas visitas a las reclusas. La excepción en este sentido es Costa Rica, donde se conceden visitas conyugales a ambos sexos. Ver, en general, Observatoire International des Prisons, Rapport 1995 (Informe 1995) (Lyon: Observatoire International des Prisons, 1995).

266. En diciembre de 1993, se adoptó la decisión original de conceder a las reclusas el derecho a visitas conyugales. En principio, tenía que entrar en vigor en marzo de 1994 pero se retrasó su aplicación. Ver, Ministerio de Justicia, "Resolución que autoriza la visita íntima de las internas de los establecimientos penitenciarios y anexos femeninos," nº 402, 17 de diciembre de 1993. Se contempla que el programa piloto iniciado en el INOF se amplíe al anexo para mujeres de Santana. Entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo, directora del INOF, Los Teques, 21 de marzo de 1996.

267. Un "equipo de expertos" del INOF desarrolló la política de visitas conyugales a mujeres, que fue revisada por la comisión de mujeres del congreso. En el borrador original se permitía a las mujeres recibir visitas de su "esposo, compañero legal o novio." Sin embargo, se eliminó la referencia al novio por miedo a que las mujeres practicaran la prostitución y la idea generalizada que no se debe permitir visitar a "cualquier" hombre. También se modificó el requisito de pruebas de enfermedades venéreas que paso a ser cada tres meses en lugar de cada seis. Entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo, 21 de marzo de 1996.

268. Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.

269. Un par de directoras también afirmaron que las visitas conyugales tendrían el efecto, beneficioso según ellas, de reducir el lesbianismo. Por ejemplo, entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo, 21 de marzo de 1996.

270. El Artículo 26 del PIDCP estipula que: "Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de...sexo..." Asimismo, el Artículo 2 de la CEFDM declara: "Los Estados Partes condenan la discriminación contra la mujer en todas sus formas, convienen en seguir, por todos los medios apropiados y sin dilaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:...(d) Abstenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar porque las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación;..."

Cabe destacar que la resolución del Ministerio de Justicia que autoriza las visitas conyugales a las internas cita concretamente el Artículo 61 de la Constitución de Venezuela, que prohíbe la discriminación sexual. Ver, Resolución nº 402, 17 de diciembre de 1993.

271. Por ejemplo, el Comité de Expertos de la Organización Internacional del Trabajo interpretó que el Convenio nº 111 de la OIT sobre la discriminación (empleo y ocupación), que prohíbe la discriminación basada en el sexo en el empleo, prohibía la discriminación basada en el embarazo. Conditions of Work Digest (Boletín sobre las condiciones de trabajo), Vol. 13 (Ginebra: Ofician Internacional del Trabajo, 1994), pág. 24. Asimismo, en un caso de 1991 el Tribunal de Justicia Europeo (TJE) decretó que la discriminación basada en el embarazo constituye una discriminación sexual inaceptable. El TJE sentenció en contra de una compañía holandesa que intentó evitar contratar a una mujer porque estaba embarazada. El tribunal sentenció que "en base al embarazo, sólo se puede negar el empleo a las mujeres y por lo tanto tal negación constituye una discriminación directa basada en el sexo."Caso C-177/88, Dekker v. Sichting Vormingscentrum voor Jong Volwassenen (VJV-Centrum) Plus, 1990 E.C.R.3941. Aunque las conclusiones del TJE no comprometen a Venezuela, el decreto del Tribunal constituye una decisión de peso de que la discriminación basada en el embarazo es una forma de discriminación sexual.

Para tener una visión más general de este tema, ver, Proyecto de Derechos de la Mujer de Human Rights Watch, Sin garantías: Discriminación sexual en el sector de maquiladoras de México, Vol. 8, nº 6 (agosto de 1996), págs. 32-36.

272. Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.

273. Entrevista de Human Rights Watch, Los Teques, 21 de marzo de 1996.

274. Ministerio de Justicia, "Situación del sistema de salud penitenciario."

275. La mayoría del trabajo era a destajo y, por lo tanto, las ganancias variaban en función de la rapidez y habilidad de las mujeres. Por ejemplo, las costureras de Sabaneta ganaban sesenta bolívares por pieza. Las alfombras elaboradas en Sabaneta, que requerían un trabajo intenso, se pagaban a 15.000 B cada una (unos 51,90 $). Las mujeres de La Planta dijeron que haciendo muñecas se podían ganar 9.000 B (unos 31,14 $) a la semana.

También cabe destacar que, al parecer, las reclusas estaban logrando reducciones de condena por trabajo. Por ejemplo, la directora del INOF nos dijo que el número de internas se había reducido considerablemente gracias a la reducción de sentencias por trabajo. Entrevista de Human Rights Watch con Raiza Bastardo, 21 de marzo de 1996.


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