LAS REDES DE ASESINOS DE COLOMBIA
La asociación militar-paramilitares y Estados Unidos


(Human Right Watch, noviembre de 1996)

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Los funcionarios del gobierno colombiano han denunciado con consistencia que los paramilitares actúan fuera de la ley. En octubre, el Presidente Samper rechazó una resolución del Parlamento Europeo reclamando a su gobierno que mejorara el deficiente historial en materia de derechos humanos del país. "No es cierto que las fuerzas de seguridad colombianas hayan desarrollado una estrategia de emergencia, caracterizada por la ayuda a grupos paramilitares, ejecuciones extrajudiciales, tortura y desapariciones," dijo.(337)

Algunos comandantes militares afirman que los paramilitares no existen, y que los informes que indican lo contrario son desinformaciones divulgadas por los grupos de derechos humanos que trabajan en representación de la guerrilla. Cuando reconocen estas denuncias totalmente, los oficiales militares alegan que los paramilitares no son más que personas ejerciendo su derecho constitucional a defenderse a sí mismos. Por su parte, el personal militar estadounidense y de la Embajada en Colombia alega que existe muy poca información sobre los paramilitares y que no tienen conocimiento de dónde, cómo, cuándo, o con quién operan.

Como se demuestra en este informe, estos argumentos son falsos. Es hora de apartar la cortina de humo de desmentidos oficiales y de identificar esta asociación siniestra como lo que es: un mecanismo sofisticado sustentado en parte por los años de asesoramiento, entrenamiento, armamento, y silencio oficial de Estados Unidos que permite a las Fuerzas Armadas de Colombia combatir una guerra sucia y a la burocracia colombiana desmentirla. El precio: miles de colombianos muertos, desaparecidos, lisiados, y aterrorizados.

Hemos dividido nuestras recomendaciones en tres secciones; dirigidas al Gobierno de Colombia, y su ejército; a Estados Unidos, y su Congreso; y a la Unión Europea.

Al Gobierno de Colombia:

  • Deben tomarse medidas inmediatas que demuestren la voluntad del gobierno colombiano de acabar con la asociación militar-paramilitares. Para empezar, el Presidente Samper debe ejercer su poder para suspender inmediatamente a los comandantes militares con un largo historial de apoyo y colaboración directa con los paramilitares; a la espera de una investigación completa, imparcial y pública por parte de un equipo especial dirigido por el Fiscal de la Nación. El Ministerio de Defensa debe cooperar totalmente con esta investigación facilitando el interrogatorio de estos oficiales. Si se demuestra que las acusaciones contra ellos son fundadas, estos oficiales deben ser enviados ante las cortes civiles para su procesamiento judicial.

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  • Se deben adoptar inmediatamente medidas para acabar con la asociación militar-paramilitares. Estas deben incluir: un recuento exhaustivo del armamento, equipo (como radios), y materiales de manera a certificar que no están siendo desviados a los paramilitares; directivas claras y públicas que prohíban el reclutamiento, apoyo, o colaboración con paramilitares; una prohibición de utilizar a paramilitares o a individuos con antecedentes de actividad paramilitar como agentes de inteligencia o informantes; y un castigo rápido, eficaz y público, cuando el personal militar viole estas normas.

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  • Instamos al presidente a que invite al Fiscal de la Nación a presidir una comisión mixta gubernamental-no gubernamental que investigue a unidades del ejército concretas implicadas en una práctica sistemática de asesinatos políticos, en asociación con paramilitares; como la Fuerza de Tarea No. 27 Pantera, el Plan Especial No. 7, los Batallones Bomboná, Bárbula, Rafael Reyes, Nariño, Voltígeros, Palacé, José Hilario López, Ricuarte, y Luciano D'Elhuyar, la Quinta, Séptima, Novena, Décima, Décimo primera, y Decimocuarta Brigadas, las Brigadas Móviles No. 1 y 2, y la Cuarta División. Un elemento fundamental de esta investigación debe ser indagar el recurso a tácticas fuera de la legalidad, y determinar si se siguen utilizando o no.

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  • Instamos al Presidente Samper a que presente ante el Congreso un proyecto de reforma del código penal militar que sirva para acabar con la práctica de considerar todos los actos criminales por parte de soldados "actos de servicio." También instamos al Presidente Samper a que redacte el proyecto con un lenguaje que acabe con la defensa de la "obediencia debida," que permite que los subordinados se defiendan alegando que estaban siguiendo órdenes. Consideramos ampliamente probado que el ejército es incapaz de corregirse a sí mismo y que los casos de derechos humanos con militares implicados deben ser procesados en las cortes civiles.

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  • Instamos al Presidente Samper a que presente ante el Congreso y apoye totalmente proyectos de ley que conviertan el acto de desaparición forzada, definido como un arresto por parte de las fuerzas de seguridad desconocido, en un crimen castigable por la ley.

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  • El ejecutivo debe resistirse clara y contundentemente a los intentos apoyados por las fuerzas armadas de reformar la Constitución en el Congreso de Colombia, de manera a acabar con la supervisión civil de las fuerzas armadas; en particular, al proyecto de ley que podría acabar con la labor de los Procuradores Delegados para las Fuerzas Armadas y para los Derechos Humanos, y bloquear las investigaciones dirigidas por el Fiscal de la Nación. Aunque en este informe criticamos el trabajo de la Procuraduría, consideramos que al menos ofrece una posibilidad para las investigaciones civiles de denuncias de violaciones de los derechos humanos, que debe ser defendida y fortalecida.

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  • Instamos al Presidente Samper a que convoque una comisión mixta gobierno-ONG que investigue a la Procuraduría Delegada para las Fuerzas Armadas, que tiene un pésimo historial en la investigación de abusos a los derechos humanos por parte del ejército. Se debe nombrar a un profesional de independencia probada a la dirección de una procuraduría delegada reorganizada, totalmente independiente y con un apoyo decidido y público del ejecutivo.

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  • Consideramos que el gobierno puede proteger a los jueces y fortalecer las cortes sin tener que recurrir a las restricciones al proceso debido que forman parte del sistema de orden público. Se debe reformar el sistema de orden público para reforzar el poder de los jueces de perseguir con decisión a narcotraficantes, guerrilleros, paramilitares, y oficiales militares que cometen crímenes en materia de derechos humanos, salvaguardando, al mismo tiempo, su derecho individual a un juicio justo.

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  • El gobierno debe aumentar el presupuesto del programa de protección de testigos de la Fiscalía, para permitir a los fiscales que protejan no sólo a los que declaran contra supuestos narcotraficantes y guerrilleros, sino también a los que declaran contra miembros de las fuerzas de seguridad y paramilitares acusados de violaciones de los derechos humanos.

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  • Apelamos al ejército y concretamente al General Bedoya para que deje de presentar demandas por calumnias contra los grupos de derechos humanos que publican información que relaciona a las fuerzas de seguridad con abusos a los derechos humanos y con una asociación con paramilitares. Las organizaciones de derechos humanos tienen la responsabilidad de informar sobre presuntas violaciones y de exigir investigaciones gubernamentales; pero no pueden suplantar a los fiscales del gobierno, cuya tarea es presentar pruebas suficientes para que haya una condena. Dentro del contexto colombiano, la estrategia de presentar demandas por calumnias parece diseñada para castigar a grupos por denunciar, y atemorizarlos con censurar o eliminar futuras publicaciones. Alimentando acusaciones infundadas contra observadores de derechos humanos, las fuerzas armadas sólo consiguen perder credibilidad.

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  • Instamos al Presidente Samper a que convoque una comisión especial dentro de su gabinete, que incluya al consejero presidencial para los derechos humanos y a un representante del Alto Comisionado para la Paz, que revise todos los manuales militares vigentes y que proponga cambios en la redacción que promuevan el respeto a los derechos humanos y la protección de la población civil. También deben ser revisados estos manuales para garantizar que prohíben explícita y claramente las violaciones de los derechos humanos y la colaboración con paramilitares.

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  • Instamos al Presidente Samper a que financie y apoye totalmente la tarea de identificación y arresto de conocidos paramilitares para llevarlos ante la justicia, iniciada por el Ministerio de Interior. La captura de estos individuos debe considerarse fundamental para acabar con la violencia en Colombia.
Al Gobierno de Estados Unidos:
  • Como lo hicimos en el pasado, instamos al Gobierno de Estados Unidos a que suspenda inmediatamente toda la ayuda militar, ventas de armas, entrenamiento, y entregas de armas a Colombia, porque esta asistencia se ha destinado a unidades implicadas en graves violaciones de los derechos humanos. Partiendo de las pruebas reunidas en este informe, así como en otros materiales en manos de las autoridades colombianas y estadounidenses, Estados Unidos tiene la obligación de suspender toda la financiación actual según las leyes de control de narcóticos que están en vigor hoy en día.

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  • En particular, Estados Unidos debe suspender la venta pendiente de hasta doce helicópteros BlackHawk y veintidós ametralladoras M-60, así como la entrega de armamento por valor de 40 millones de dólares al Ejército de Colombia, según la Sección 506 (a) del Decreto de Asistencia al Extranjero (Foreign Assistance Act).

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  • Instamos al Gobierno de Estados Unidos a que suspenda inmediatamente los visados de oficiales con un largo historial de asociación con paramilitares, a la espera de los resultados de una investigación imparcial y pública por parte de la Fiscalía.

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  • Estados Unidos debe emprender una investigación inmediata y exhaustiva sobre el destino final en Colombia de la ayuda militar estadounidense: a qué unidades se ha destinado, y con qué finalidad. La investigación debe ser independiente y los resultados deben hacerse públicos.

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  • No debe reiniciarse la ayuda hasta que las Fuerzas Armadas de Colombia y sus socios paramilitares no hayan cesado las prácticas constantes de graves y reiteradas violaciones de los derechos humanos. Como mínimo, el reinicio de la ayuda debe condicionarse a los siguientes puntos:

    • a. El Gobierno de Colombia debe aplicar las medidas recomendadas anteriormente para eliminar y prevenir cualquier forma de apoyo, cooperación, o colaboración entre las fuerzas militares y paramilitares.

      b. El Gobierno de Colombia debe demostrar la eficacia de sus mecanismos legales para investigar y disciplinar, también con sanciones penales, a los miembros de las fuerzas armadas responsables de abusos a los derechos humanos. Para lograrlo, el gobierno colombiano debe emprender investigaciones completas y públicas de casos clave, como la masacre de Trujillo, la red de inteligencia de la Armada en Barrancabermeja, las amenazas y los ataques a observadores de derechos humanos en Meta, las masacres de Puerto Patiño y Segovia, y la actividad militar- paramilitar en la región del Chucurí.

      c. El Gobierno de Colombia también debe llevar a cabo una revisión pública del progreso de las fuerzas armadas en la detención de los abusos a los derechos humanos, y en especial en el castigo adecuado a los oficiales responsables de violaciones. Cualquier revisión debe concentrarse especialmente en las unidades mencionadas anteriormente en este informe, e implicadas en una grave práctica sistemática de abusos a los derechos humanos: la Fuerza de Tarea No. 27 Pantera, el Plan Especial No. 7, los Batallones Bomboná, Bárbula, Rafael Reyes, Nariño, Voltígeros, Palacé, José Hilario López, Ricuarte, y Luciano D'Elhuyar, la Quinta, Séptima, Novena, Décima, Decimoprimera, y Decimocuarta Brigadas, las Brigadas Móviles No. 1 y 2, y la Cuarta División.

      d. El gobierno colombiano debe demostrar que 1) directivas reforzando la protección de los derechos humanos han sido distribuidas a las fuerzas armadas y son implementadas; 2) las hojas de vida de cada oficial muestran que han recibido entrenamiento en los derechos humanos y que observan las reglas de el derecho internacional humanitario; y 3) los mecanismos internos para investigar y disciplinar a los miembros de las fuerzas armadas y la policía responsables de abusos a los derechos humanos deben ser claras y transparentes para que su eficacia pueda ser materia de conocimiento público.

      e. Estados Unidos debe adoptar salvaguardias que garanticen que cualquier ayuda en el futuro, para cualquier finalidad declarada, no se canaliza hacia fuerzas responsables de prácticas sistemáticas de graves abusos de los derechos humanos o, dicho de otro modo, no contribuye a la violación de los derechos humanos.

      f. Dichas salvaguardias deben incluir procedimientos de control y observación eficaces para garantizar que la asistencia estadounidense, incluyendo entrenamiento y armas, sólo se destina a las fuerzas que tienen un historial limpio de violaciones de los derechos humanos y que pueden demostrar que observan las reglas que determinan que dichas violaciones son sujeto a investigación y sanción por la jurisdicción ordinaria. El control del uso final de los suministros debe incluir el seguimiento del historial en materia de derechos humanos de las unidades y personal de las fuerzas de seguridad que los reciben. Ayuda, armamento, y entrenamiento no deben destinarse a unidades u oficiales de las fuerzas de seguridad contra los que existen pruebas creíbles de haber cometido graves violaciones de los derechos humanos; hasta que los presuntos abusos no se hayan investigado completamente y se haya castigado a los responsables.

      g. Todo el personal estadounidense destacado en Colombia, incluido el personal del Ejército de Estados Unidos, de la DEA y de la CIA, debe recibir instrucciones para que informen a las autoridades colombianas o estadounidenses adecuadas de cualquier abuso a los derechos humanos por parte de las Fuerzas Armadas de Colombia, del cual tengan conocimiento, sin importar la identidad de la víctima o el perpetrador.

  • Reconociendo que este informe plantea muchas interrogantes sobre el apoyo de la CIA y el Ejército de Estados Unidos a la reorganización de los servicios de inteligencia colombianos, y a la consiguiente asistencia a las fuerzas armadas colombianas, Human Rights Watch insta a Estados Unidos a que conduzca una investigación inmediata y exhaustiva de la asistencia en materia de seguridad a Colombia desde 1990. Esto incluiría una investigación de la asesoría del ejército estadounidense y la CIA a los servicios de inteligencia colombianos; de hasta dónde los oficiales de EE.UU. tenían conocimiento o no prosiguieron la información sobre posibles violaciones de los derechos humanos por parte del personal militar y de inteligencia colombiana y de sus socios paramilitares o fueron cómplices directos a acciones criminales cometidas durante el curso de sus misiones a Colombia; y de la posible complicidad de los oficiales estadounidenses en la obstrucción de la investigación pública de la asociación militar-paramilitares, reforzando así la impunidad que ha permitido que los abusos no hayan disminuido lo más mínimo. Esta investigación debe examinar el historial en materia de derechos humanos de las fuerzas uniformadas colombianas que han recibido asistencia de los EE.UU. y de las fuerzas paramilitares actuando bajo su autoridad o en asociación con las redes de inteligencia. Se debe hacer pública dicha investigación.
  • Se debe entregar, a las autoridades públicas nacionales adecuadas, la información obtenida por Estados Unidos, durante la reunión de información de inteligencia antidroga u otras actividades, que indique la posibilidad de abusos a los derechos humanos. Instamos decididamente que, cuando los fiscales generales de Estados Unidos y Colombia vuelvan a negociar su acuerdo de compartir información sobre presuntos narcotraficantes, estas instituciones discutan también la posibilidad de compartir información reunida por Estados Unidos durante sus operaciones antidroga, aunque relacionada con violaciones de los derechos humanos y la asociación militar-paramilitares.

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  • La Administración Clinton debe redactar leyes que autoricen la incorporación a su informe anual ante el Congreso sobre la "certificación" de narcotráfico de una evaluación en materia de derechos humanos. Esta evaluación sería una revisión de las consecuencias en materia de derechos humanos de los programas y leyes antidroga de cada país.

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  • Human Rights Watch no se opone a una ayuda no militar a Colombia, e insta al Gobierno de Estados Unidos a que incluya en su programa de la Administración de Justicia fondos que permitan a la Fiscalía fortalecer su Unidad de Derechos Humanos y ampliar su programa de protección de testigos, para que incluya a testigos que declaren contra miembros de las fuerzas de seguridad y paramilitares acusados de violaciones de los derechos humanos.
A la Unión Europea:
  • Finalmente, también instamos al estado miembro de la Unión Europea a que suspenda inmediatamente cualquier ayuda militar a Colombia, incluidos entrenamiento, servicios, y entregas de armas, a la espera de los resultados de las medidas e investigaciones que se detallan en nuestras recomendaciones al Gobierno de Colombia, como la suspensión de los oficiales militares implicados en delitos, la adopción de medidas para acabar con la asociación militar-paramilitares, y las investigaciones de unidades concretas implicadas en crímenes.
A la Organización de las Naciones Unidas:
    Human Rights Watch apoya decididamente el plan de Naciones Unidas de instalar una oficina permanente en Colombia auspiciada por el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de la O.N.U., e insta a esta oficina a que elabore informes completos y públicos sobre la situación en materia de derechos humanos en Colombia.


337. Karl Penhaul, "Colombia Stokes Oil Giant's Rights Abuse Dispute", Reuter, 31 de octubre de 1996.


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