Chile

Carta al Presidente Lagos

Washington, D.C., 15 de julio de 2003

Excelentísimo Sr. Ricardo Lagos Escobar
Presidente de la República
Palacio de la Moneda
Santiago
CHILE

Via Fax: 562-690-4020

De mi mayor consideración:

Tengo el honor de dirigirme a Su Excelencia en relación con las medidas que su gobierno está considerando adoptar con el fin de acelerar las investigaciones judiciales sobre las graves violaciones de los derechos humanos cometidas durante el régimen militar y ofrecer nuevos medios de reparación y compensación a los familiares de las víctimas.

Aunque aún queda mucho por hacer para esclarecer el paradero de las numerosas víctimas y procesar a los responsables de estos abusos, es indudable que los tribunales han logrado considerables avances en los últimos meses. La mayoría de los autos de procesamiento se han dictado como resultado de las investigaciones de jueces especiales designados para dedicarse de manera exclusiva o preferencial a los casos de derechos humanos.

Las declaraciones realizadas en enero por el General Juan Emilio Cheyre, Comandante en Jefe del Ejército, afirmando que las violaciones de los derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas durante el régimen militar "no tenían justificación", son de gran importancia. De hecho, en el contexto del debate actual, cabe subrayar la opinión del General Cheyre que el camino para la paz social reside en el respeto por los fallos judiciales. También celebramos la reciente declaración emitida por ocho generales retirados, que ocuparon puestos de mando durante el gobierno militar, reconociendo la responsabilidad de las fuerzas armadas por violaciones de los derechos humanos. Esperamos que declaraciones como éstas promuevan que aquellos que posean información sobre violaciones de los derechos humanos se la faciliten a los tribunales.

Desde el punto de vista jurídico, el progreso de las investigaciones judiciales ha sido posible en gran parte gracias a la doctrina, ampliamente compartida ahora por los tribunales, de que la desaparición debe considerarse un crimen continuado mientras no se hallen los restos de la víctima o se esclarezcan las circunstancias de su muerte. De este modo, los tribunales penales han permitido que se inicien investigaciones a pesar de la ley de amnistía dictada por el gobierno militar en 1978. Esta doctrina es compatible con las normas jurídicas internacionales relativas a la investigación y la sanción de graves abusos contra los derechos humanos. Como dictaminó en 2001 la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Barrios Altos: "son inadmisibles las disposiciones de amnistía, las disposiciones de prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los derechos humanos tales como la tortura, las ejecuciones sumarias, extralegales o arbitrarias y las desapariciones forzadas".

A pesar de las críticas vertidas contra esta doctrina desde algunos sectores políticos, el gobierno de Su Excelencia, de conformidad con las normas básicas de un estado de derecho, se ha abstenido de intervenir en un asunto que compete a los tribunales.

Es muy poco probable que concluyan pronto las investigaciones judiciales debido a las enormes dificultades que subsisten para esclarecer el destino de las víctimas y el paradero de sus cuerpos. En algunos casos, el hecho de que el personal militar exhumara y se deshiciera en secreto de los restos de las víctimas, años después de su presunta ejecución, ha impedido su recuperación e identificación. Como revelaron las fuerzas armadas en la Mesa de Diálogo, muchos de los cuerpos se arrojaron desde aviones al océano, lo que hace imposible su recuperación. Los retrasos y las dificultades para determinar lo que ocurrió con estas personas han causado gran angustia a sus familiares. Existe aún menos información sobre el paradero de los cientos de desaparecidos en manos de la DINA, la policía secreta del General Pinochet. En estas circunstancias, no puede cuestionarse la continuación de las investigaciones judiciales y se debe hacer todo lo posible por acelerarlas y aumentar su eficacia.

En primer lugar, los tribunales deben investigar las circunstancias que rodearon la exhumación secreta de cuerpos y pedir cuentas a los responsables de destruir las pruebas de graves violaciones de los derechos humanos. En este sentido ha sido muy importante la reciente acusación en contra de cinco ex - soldados por la exhumación ilegal en 1978 de los cuerpos de personas asesinadas en septiembre de 1973 y enterradas en el Fuerte Arteaga. Es posible que se obtenga información valiosa en estas investigaciones que sirva para esclarecer las circunstancias de las muertes y el paradero de los cuerpos.

En casos como estos, respaldamos la adopción de leyes que permitan a los jueces considerar como circunstancia atenuante, a la hora de establecer la condena, el hecho de que el personal militar haya aportado información valiosa sobre el paradero de los cuerpos. En todo caso, aquellos que se nieguen a facilitar información deben recibir penas agravadas. Este tipo de medidas supondrían un incentivo para que los acusados de estos crímenes cooperen con la investigación.

En segundo lugar, se debe evitar totalmente la imposición de cualquier límite temporal a las investigaciones judiciales. En la propuesta sobre derechos humanos sometida a Su Excelencia el 20 de junio, la Unión Democrática Independiente (UDI) ha sugerido que las investigaciones judiciales se realicen dentro de un plazo delimitado, después del cual el juez determinará si la víctima sigue con vida y privada de libertad, o debe presumirse su muerte. Creemos que la imposición de un plazo sobre las investigaciones podría producir el cierre prematuro de las investigaciones antes que éstas logren establecer fundadamente la muerte de la víctima o la identidad de los responsables. Además, dicha propuesta podría tener el efecto de promover el silencio de los que tienen información, a sabiendas de que, una vez vencido el plazo, estarán fuera del alcance de la ley.

En tercer lugar, los jueces deben sustentar sus conclusiones sobre el paradero de las víctimas en las pruebas correspondientes al caso que tengan entre manos, no en una "convicción" basada en parte en la extrapolación de otros casos, como sugiere la propuesta de la UDI. Estos casos tan graves no pueden cerrarse en ninguna circunstancia sobre la base de una presunción genérica. La investigación debe continuar siempre que se carezca de pruebas concluyentes de la muerte y/o no se haya establecido claramente la identidad de los responsables.

Para facilitar esta tarea creemos también que se deben suministrar recursos adicionales al Servicio Médico Legal (SML) para que lleve a cabo su trabajo forense de identificación de los restos y determinación de la causa de la muerte. Se deben examinar cuidadosamente el funcionamiento y las necesidades del SML. De igual manera quisiéramos respaldar firmemente la continuación del mandato de los jueces especiales dedicados de manera exclusiva o preferencial a los casos de derechos humanos, que hasta ahora han logrado excelentes resultados.

En relación con las disposiciones sobre la reparación y la compensación para los familiares de las víctimas de violaciones de los derechos humanos, estamos sumamente complacidos por la información recibida según la cual su gobierno estaría considerando seriamente el establecimiento de una comisión encargada de investigar los casos de tortura ocurridos durante el gobierno militar y de elaborar una lista de las víctimas que recibirían beneficios especiales en compensación por su sufrimiento. La creación de dicha comisión, promovida por la Comisión Etica contra la Tortura, supondría un importantísimo avance. A pesar de la extraordinaria labor realizada por la Comisión Rettig y su sucesora, el verdadero alcance del fenómeno de la tortura nunca ha sido tema de una investigación oficial en Chile. Además, los miles de individuos que sobrevivieron la tortura nunca fueron incluidos en los informes oficiales ni recibieron compensación alguna del Estado. La formación de una comisión sobre la tortura tendría también un importante efecto disuasorio.

Creemos que, además de estas nuevas iniciativas sobre las reparaciones para las víctimas de la tortura, el gobierno de Su Excelencia debería revisar y aumentar los beneficios y las compensaciones para los familiares de los desaparecidos y de los asesinados por las fuerzas estatales o por los grupos armados de oposición durante el gobierno militar.

Finalmente, quisiera referirme a un tema de la mayor importancia para la vigencia de los derechos humanos en Chile y que, si bien no forma parte del actual debate, no puede quedar al margen por la gravitación que tuvo en el pasado al favorecer la impunidad de los violadores. Me refiero específicamente al excesivo alcance de la jurisdicción militar que comprende los crímenes cometidos por civiles y los delitos no militares cometidos por el personal de las fuerzas armadas. Quisiéramos instar al gobierno de Su Excelencia a enfrentar uno de los más perversos legados del régimen militar. La competencia de los tribunales castrenses debe limitarse puramente a los delitos militares y los civiles deben ser juzgados por tribunales civiles. Las violaciones de los derechos humanos cometidas por personal militar deben ser también competencia de los tribunales civiles. Celebramos el proyecto de ley, presentado recientemente por el Diputado Juan Bustos y otros miembros de la Cámara, para limitar la jurisdicción de los tribunales militares. Instamos respetuosamente a Su Excelencia a que considere la reforma de la justicia penal militar como un asunto de derechos humanos prioritario dentro del programa legislativo de su gobierno.

Aprovecho la oportunidad para expresar a Su Excelencia mis sentimientos de la más alta estima y consideración.

/s./

José Miguel Vivanco
Director Ejecutivo

Cc: Sr. José Miguel Insulza, Ministro del Interior
Cc: Sr. Francisco Vidal Salinas, Ministro Secretaría General de Gobierno
Cc: Sr. Luis Bates Hidalgo, Ministro de Justicia
Cc: Sr. Francisco Huenchumilla Jaramillo, Ministro Secretaría General de la Presidencia
Cc: Dra. Michelle Bachelet Jeria, Ministra de Defensa Nacional
Cc: Sra. María Soledad Alvear Valenzuela, Ministra de Relaciones Exteriores


INFORME ANUAL 2003 — LOS DERECHOS HUMANOS EN CHILE
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